Desde que a mediados de agosto entrase en vigor la modificación del Estatuto de los Consumidores de Extremadura, todas las gasolineras de la comunidad han de tener al menos un empleado en el horario comprendido entre las 7.00 y las 22.00 horas. Incumplir la nueva normativa se considera una infracción grave, que puede ser multada con entre 3.000 euros y 15.000 euros.

Según se explicó ayer desde el Instituto de Consumo de Extremadura, existen dos vías para iniciar una inspección. Por un lado, si esta se ha programado junto con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e igualdad (competente en materia de consumo). Por otro, si se deriva de una reclamación o denuncia. De momento, se precisó, aún no hay programación acordada con el ministerio ni tampoco ha llegado hasta ahora ninguna reclamación o denuncia sobre vulneración de esta normativa .