Los contratos para atender a personas dependientes, acogidos al Plan Integral de Empleo a la conciliación de la vida familiar y laboral, deberán ser de dos años de duración, y no de uno, como hasta ahora. Además, si se produce el cese del trabajador contratado, el empleador deberá cubrir la vacante en el plazo de dos meses, mediante un contrato indefinido y con la misma dedicación fijada en el contrato extinguido, según recoge el primer punto del tercer artículo.

Asimismo, si el trabajador contratado es cesado, su baja debe estar cubierta en un mes por otra persona que preste los servicios de modo exclusivo y permanente, y a jornada completa, según estipula el tercer punto del artículo 14.

Son dos modificaciones contempladas en el decreto 175/2006, de 17 de octubre, que actualiza el 136/2005, de 7 de junio, que fue publicado ayer en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), y que entra hoy en vigor.

Estas puntualizaciones llegan ante la necesidad de "establecer la posibilidad de realizar nuevas contrataciones de profesionales por cuanto el número de usuarios asciende progresivamente", y por la "dificultad en la sustitución del empleado de hogar que abandona el domicilio del empleador".

El decreto actualiza el programa de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, incluido en el Plan Integral de Empleo.

El programa se puso en marcha en diciembre pasado, dirigido a la atención domiciliaria de personas con demencia avanzada o gran dependencia mediante las contrataciones de personal cualificado, favoreciendo la conciliación de la vida familiar y laboral de los familiares de los enfermos y promoviendo la generación de empleo.

El primer plan interanual finalizó el 30 de septiembre con un gran éxito, "dado el elevado número de usuarios que asciende progresivamente y que implica la necesidad de realizar nuevas contrataciones de profesionales". De esta forma, la reformada publica ayer permite formalizar nuevas contrataciones de cuidadores profesionales durante el ejercicio del 2007.