La temporalidad en el Servicio Extremeño de Salud (SES) lleva cuatro años estancada en el 20%. La cifra no es positiva porque supone que dos de cada diez trabajadores del SES tienen un contrato temporal, pero está cinco puntos por debajo de la cifra que cuestionaba hace varias semanas una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a propósito de la demanda interpuesta por una enfermera que encadenó contratos eventuales en la sanidad madrileña.

Según los datos de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el número de efectivos reales a fecha actual es de 15.290 trabajadores, de los que 3.190 son interinos, lo que hace que la tasa de temporalidad sea en estos momentos de un 20,86%. Ese porcentaje supone una centésima más que hace cuatro años, cuando se pusieron en marcha las medidas del Gobierno central que limitaron la tasa de reposición para los empleados públicos. Cuando estas entraron en vigor, en el año 2011, la tasa de temporalidad en la sanidad extremeña se situaba en el 20,85% y en cifras absolutas había 15.035 efectivos ese año de los que 3.136 eran interinos.

«Aunque puede que sea más alta que en otros sectores de la Administración Pública, la tasa de temporalidad no se ha disparado en los últimos años y está por debajo de la media nacional en el sector sanitario», defienden desde la Consejería de Sanidad.

Atribuyen además las cifras a la limitación impuesta para la tasa de reposición por la Ley de Presupuestos del Estado que para los años 2012, 2013 y 2014 fue únicamente del 10%, aumentando al 50% en 2015 y al 100% en 2016. «Eso ha incidido en la gestión de la formalización de interinidades para hacer frente a las necesidades de cobertura de los servicios».

EN EL 25% / Dos sentencias europeas han cuestionado el modelo de contratación del mercado laboral español. En todo caso, el SES defiende que mientras la tasa de temporalidad general en España es del 25%, la extremeña se sitúa por debajo de esa cifra. Junto a eso argumenta que la propia sentencia reconoce que «la obligación de organizar los servicios de salud de forma que se garantice la adecuación constante entre el personal sanitario y el número de pacientes incumbe a la Administración pública», así como que alcanzar el equilibrio «depende de un gran número de factores que pueden reflejar una necesidad particular de flexibilidad que puede justificar objetivamente en este sector específico, el recurso a sucesivos nombramientos de duración determinada». Para el SES eso supone que, si bien la sentencia cuestiona las contrataciones temporales en aquellos casos en los que los que se recurre a ellos para entender «necesidades permanentes», también «entiende las peculiaridades que la prestación sanitaria tiene y que ello pueda justificar acudir a este tipo de contrataciones».

A raíz de esas sentencias CSIF ha denunciado el incremento de la temporalidad en la Administración Pública en los últimos cuatro años, principalmente como consecuencia de las medidas que han limitado la tasa de reposición en este tiempo. Según los datos del sindicato, Extremadura ha pasado de tener un 8% de interinos entre sus trabajadores públicos a un 20%.