El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que regula el informe preceptivo sobre impacto en el empleo de las decisiones públicas tomadas en el ámbito de la Junta, en el que se establecen las reglas relativas al contenido y tramitación del informe y su incorporación al correspondiente expediente administrativo.

Con esta medida se pretende crear un mecanismo que permita valorar las repercusiones en el ámbito del empleo de las decisiones que se vayan a adoptar en el seno de la Junta de Extremadura, para así facilitar una mejor toma de esas decisiones.

La elaboración del informe se debe requerir en la elaboración de los anteproyectos de ley, proyectos de decretos legislativos y proyectos de decreto-ley, así como en la elaboración de disposiciones de carácter general que adopten la forma de proyectos de decreto, para su examen por la Comisión de Secretarios Generales y su deliberación por el Consejo de Gobierno.

Otros acuerdos

El Consejo de Gobierno también ha acordado recabar, por conducto del presidente de la Junta de Extremadura, el dictamen facultativo del Consejo de Estado sobre el proyecto de decreto-ley de Medidas Extraordinarias contra la Exclusión Social.

Esta decisión se adopta puesto que una vez suprimido el Consejo Consultivo de Extremadura este tipo de asuntos queda fuera del ámbito de competencias de la Comisión Jurídica de Extremadura creada.

Desde la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales se estima conveniente, dada la trascendencia social de las materias objeto de regulación y atendiendo a la experiencia y competencia del Consejo de Estado, recabar su dictamen.

Por último, el Consejo de Gobierno ha estudiado una propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio para desafectar 40 inmuebles procedentes de las ya desaparecidas cámaras agrarias locales para que sean cedidos en propiedad a otros tantos ayuntamientos que hasta ahora disponían de la cesión de uso de esos bienes.

El Ejecutivo recuerda que en 1997 se declararon extinguidas las cámaras agrarias locales y el desarrollo, mediante decreto, de esta nueva normativa estableció la posibilidad de cesión de este patrimonio a otras administraciones públicas.

Dado el interés manifestado en su día por diferentes ayuntamientos así como por las organizaciones profesionales agrarias y cooperativas de disponer del mencionado patrimonio para continuar dando servicio a los agricultores y ganaderos se autorizó, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno, la celebración de convenios de cesión a los ayuntamientos.

Lo que se propone ahora es la desafectación de los bienes para ceder la propiedad a los ayuntamientos que hasta este momento eran usuarios, de modo que ese patrimonio revierta en beneficio de la población.

Previamente, los ayuntamientos habrán renunciado a los convenios anteriores y habrán formalizado la solicitud en la que manifiestan su interés en adquirir la propiedad de los inmuebles procedentes de las extinguidas Cámaras Agrarias Locales.

Los ayuntamientos que pasarían a ser propietarios de este patrimonio son los de Aldea del Cano, Aldeanueva de La Vera, Berzocana, Casas del Castañar, Holguera, Madrigal de La Vera, Majadas de Tiétar, Peraleda de La Mata, Robledillo de Trujillo, Villar del Pedroso, Acehúche, Casar de Cáceres, Morcillo, Santa Marta de Magasca y Zarza la Mayor, en la provincia de Cáceres.

Por lo que respecta a la provincia de Badajoz, serían los de Burguillos del Cerro, Calzadilla de los Barros, Capilla, Guareña, Llerena, Magacela, Montemolín, La Nava de Santiago, Oliva de Mérida, Ribera del Fresno, Valle de la Serena, Valverde de Mérida, Aceuchal, Corte de Peleas, Helechosa de los Montes, La Lapa, Monterrubio de la Serena, Montijo, San Vicente de Alcántara, Villagonzalo, Villar del Rey, Zahínos, Zalamea de la Serena, Usagre y Don Benito.