Con las primeras lluvias del otoño florece una afición que se ha convertido en negocio en los últimos años: la recolección de setas. La afluencia de personas que en las últimas temporadas han pateado los montes extremeños en busca de boletos, de níscalos, de amanitas,... y las variopintas normativas municipales han obligado a la Administración regional a unificar criterios y regular por primera vez esta práctica con un decreto cuyo borrador ya está expuesto al público para recibir alegaciones y sugerencias.

"La actividad micológica está en auge, cada vez más gente sale al campo a recoger setas, algunos por simple afición pero otros muchos como una fuente de ingresos secundaria. Hasta hace poco en muchos pueblos eran los vecinos los que se aprovechaban de los recursos de sus montes, pero ahora se están llenando de personas que viene incluso de otras comunidades. Por todo ello se hacía necesaria esta regulación y los ayuntamientos nos la demandaban para hacer un control sobre quién recolecta, cuánta cantidad y poder hacerlo de forma ordenada y cuidadosa para salvaguardar las especies. Además, cada vez hay más ayuntamientos que van teniendo sus propias ordenanzas y necesitábamos algo que se hiciera de forma uniforme entre todos para que sus normas sigan unas pautas comunes y coordinadas", explica José Luis del Pozo, jefe del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Ambiente.

DIALOGO La norma, que se ha elaborado tras más de un año de reuniones con diferentes colectivos y consistorios de la región, regula exclusivamente la recolección de especies micológicas en los montes de utilidad pública, aunque también fija algunas consideraciones a tener en cuenta en los espacios privados. "Se podría regular también la práctica en los montes particulares, pero entendemos que esa regulación sería un paso que habría que dar más adelante", precisa Del Pozo.

El proyecto de decreto diferencia dos modalidades de recolección: la recreativa, que es aquella que practican los aficionados y la intensiva, los que buscan un rendimiento económico a los hongos recogidos. "Los recursos micológicos son capaces de generar una apreciable fuente de ingresos, especialmente en determinados entornos rurales predilectos", señala el texto. En otras comunidades ya son conscientes de ello desde hace tiempo y disponen de normativas regionales como en Castilla y León, Castilla-La Mancha o Cataluña.

LIMITES Y PERMISOS Para ambas modalidades, la normativa establece limitaciones e impone la necesidad de contar con autorizaciones anuales. En el caso de la modalidad recreativa, cuando la norma esté en vigor, los aficionados no podrán recoger al día más de siete kilos de especies micológicas por persona.

En cuanto a la práctica intensiva, se permitirá recoger al día un máximo de 40 kilos de hongos que sean comercializables, es decir, que estén recogidos en el real decreto 30/2009 de 16 de enero de 2009, que fija la comercialización de setas para uso alimentario. Esta última modalidad sólo estará permitida en aquellos montes de la Junta considerados idóneos por la administración --una veintena según uno de los anexos-- y en los espacios municipales que tengan una regulación específica. En este caso, los ayuntamientos propietarios de sus montes dirán si permiten o no el aprovechamiento intensivo de sus recursos micológicos y podrán fijar contraprestaciones económicas que consideren adecuadas.

Además, con el fin de tener un control de las personas que practican la recolección de estas especies, se requerirá una autorización administrativa en las dos modalidades contempladas en el decreto y el pago previo de una tasa por la expedición de licencias micológicas. En todos los casos el coste anual de las licencias será de 2,13 euros para los menores de 16 años y de 4,90 euros para los mayores, cantidad a la que habrá que sumar el pago de un complemento de 457 euros para la recolección intensiva, que se quedará en unos 200 euros en total tras aplicar una reducción del 66% a los residentes en Extremadura y de un 50% a los residentes en la UE --según los precios fijados la Ley Agraria extremeña--.

"Para la recolección recreativa bastará contar con una autorización expedida, para cada campaña micológica, en un modelo oficial que podrá obtenerse en algunas dependencias administrativas y determinados establecimientos de la localidad donde radique el monte, siempre que estos últimos hayan suscrito un acuerdo previo de colaboración". En el caso de la recogida intensiva "requerirá contar con una autorización para uso del dominio público forestal, que deberá ser directamente solicitada por la persona interesada ante la dirección general competente en materia de montes, la cual dictará la resolución que proceda", recoge el texto.

Los límites cuantitativos se fijan, según Del Pozo, para preservar las especies, garantizar un uso equitativo de los recursos que generan los montes "y evitar abusos". No obstante, según el texto normativo, esos cupos podrán ser modificados en la modalidad intensiva "por necesidades de gestión".

30 AÑOS Y 300 SOCIOS Este tope es uno de los aspectos que menos gusta a la Sociedad Micológica Extremeña. "El peso varía mucho según la especie, hay algunas para las que siete kilos es mucho y otras muy poca cantidad, pero entendemos que es una casuística compleja", explica Ramón González, presidente de este colectivo con más de 30 años de historia y alrededor de 300 socios en la región. Tampoco les convence que esas limitaciones se establezcan en la recogida realizada por intereses científicos o para hacer exposiciones.

A su juicio esta regulación es necesaria para aunar criterios respecto a las ordenanzas municipales y controlar la recolección. "Hace 30 años no era necesario, pero ahora sí", señala. Desde la Sociedad, que ha participado activamente en la redacción de la norma, no formularán alegaciones al decreto. González reconoce que como toda regulación, requiere de tiempo y espera que los socios la reciban de buen grado.

VEDADOS Y DIVULGACION La nueva normativa incluye la posibilidad de crear vedados o reservas de especies micológicas, que estarán señalizados con carteles y en los que estará prohibida la recolección por parte de otras personas salvo que sean autorizadas por el titular del vedado. Además, contempla la recolección extraordinaria cuando esté motivada por fines divulgativos, educativos, docentes o científicos y de precisará de una autorización previa.

Las sanciones que se imponen por los incumplimientos de este decreto son las estipuladas en la Ley de Montes y la Ley Agraria de Extremadura, cuyas cuantías oscilan entre 1.000 y más de un millón de euros en función de la infracción. Pero de momento, el nuevo decreto sigue estando sólo en el papel. Los trámites administrativos que aún tiene que sortear le impedirán estar en vigor ya para la próxima temporada que comenzará con las primeras lluvias de octubre. "Con total seguridad estará para el próximo año, pero no para este otoño. No obstante, es bueno que tras ser aprobada haya tiempo suficiente para que la gente vaya conociendo la nueva regulación", concluye Del Pozo.