Formar una Cámara y elegir a los diputados regionales cuesta dinero público pero echarlos también, al menos en seis de las comunidades españolas consultadas --14, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Navarra, no han aportado datos--, entre ellas Extremadura. Llámese "asignación de transición", "indemnización por cese" o "protección social", el artículo del reglamento de la Asamblea extremeña que determina el pago de una cantidad de dinero a aquellos diputados que extingan tal condición por disolución de la Cámara o por renuncia, se puede encontrar en las normas que rigen otros parlamentos autonómicos.

Es el caso de Andalucía, Murcia, Aragón, Baleares o Cantabria, donde los diputados tienen derecho a percibir tal asignación tras su abandono. "Dado que los diputados no generan a su favor derecho a la percepción por desempleo cuando cesan en su función, tienen derecho reconocido a una asignación económica temporal de una mensualidad de sus retribuciones fijas y periódicas por cada año de ejercicio, con un mínimo de tres y un máximo de doce", cita el reglamento económico del Parlamento de Andalucía vigente desde el 2005. Esto se traduce en una compensación única de entre 10.000 y más de 90.000 euros en función del tiempo en ejercicio.

En Murcia, el reglamento de la Cámara justifica este pago por los problemas que pueden encontrarse los diputados tras su cese. "La vuelta a su ocupación, su incorporación a la sociedad civil o a un puesto en el sector público puede acarrear dificultades", cita el texto, por eso, "con la finalidad de minimizar la concurrencia de estas circunstancias --sin paro, necesidad de reciclaje profesional, reanudación de actividades industriales,...--, sustentada por motivos de justicia y equidad, se establece una indemnización por cese". Esta compensación, en un pago único y en caso de dedicación exclusiva, también está graduada en Murcia en función de los años de dedicación a la Cámara. La cuantía es de 30 días de la retribución que hubiera venido percibiendo, por cada año ejercido o fracción superior a seis meses, y hasta un límite de 24 mensualidades. Esto unos 100.000 como máximo. La Cámara balear también fija en el artículo 16.2 de su reglamento una indemnización de transición, al igual que Cantabria y Aragón, cuyas instituciones confirman este pago sin más detalles.

Mientras los diputados de la zona sur del país --a excepción de Cantabria-- parecen los más favorecidos tras abandonar su cargo, los del norte se van a la calle con una mano delante y otra detrás tras su dedicación parlamentaria. Es lo que ocurre en las Cámaras de Castilla y León, Cataluña, Galicia, Asturias, País Vasco, La Rioja, Canarias y Madrid, aunque esta última contempla una indemnización en caso de extrema necesidad del exdiputado, de forma no reglamentaria.

Las Cortes: 2.800 al mes

En cuanto a los diputados nacionales y senadores, se han estado beneficiando de esta compensación desde el 2006 sin excepciones hasta el pasado mes de julio. Ese mes, la Asamblea publicó la reforma del reglamento que establecía una elevada indemnización por cese en la actividad parlamentaria --siempre que fuera superior a dos años-- equivalente a una mensualidad de la asignación constitucional por cada año de mandato y hasta un límite de 24 mensualidades; en euros, unos 2.800 euros al mes durante un máximo de dos años.

Desde julio esa indemnización solo se extiende a los exparlamentarios que no perciban ninguna otra retribución tras el cese, es decir, ni "sueldo, salario, pensión, dieta, indemnización o percepción de cualquier naturaleza, sea de carácter público o privado".