La puesta en marcha del carnet por puntos ha llevado a todos los cuerpos de tráfico españoles a homogeneizar sus criterios. Así, las autoridades de tráfico han rebajado a 133 kilómetros por hora el límite de velocidad a partir del cual los radares de autopistas y autovías se disparan, con la consiguiente multa para el conductor, tal y como anunciaba el pasado jueves Pere Navarro, director de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Con ello se pretende cubrir el margen de error, que se considera tienen los medidores de velocidad y que se sitúa en un máximo del 10% de la velocidad real del vehículo. De este modo, solo se podrá estar seguro al 100% de que no habrá infracción si no se rebasa el límite de 120 kilómetros por hora que marca la ley.

Para el resto de carreteras, cuando el límite de velocidad es de 110 kilómetros por hora, el radar salta a 122 kilómetros por hora; mientras que para limitaciones inferiores siempre se dispara a partir de los 11 kilómetros por hora. En el ámbito urbano, el medidor se dispara a partir de los 61 kilómetros por hora.