La Consejería de Educación presentará un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Badajoz que anula el procedimiento de selección de quince inspectores de educación accidentales o provisionales.

Así lo confirmó ayer la Administración educativa después de que la magistrada fallara el pasado 20 de diciembre a favor de un recurso interpuesto por la Asociación de Inspectores de Educación de Extremadura que exigía prorrogar las plazas provisionales a los mismos docentes que las ocupaban, algunos desde hace más de quince años renovándolos mediante comisiones de servicios anuales, y anular así el procedimiento de concurso abierto para todos los docentes --funcionarios-- convocado por la Junta el pasado verano.

Y así lo ha determinado la sentencia, que considera que el procedimiento no es ajustado a derecho porque no se pueden cubrir con comisiones de servicio anuales, que tienen carácter excepcional, plazas que son necesarias, sino que debería convocarse una oposición para crear puestos fijos. "Esto nos produce perplejidad", reseña la juez.

EL MISMO PROCESO Pero si este procedimiento no es el adecuado ahora tampoco lo ha sido durante los últimos diez años, ya que la renovación de comisiones de servicio --hubo tres convocatorias en 2004, 2006 y 2007-- ha sido el proceso habitual desde que se transfirieron las competencias educativas en el año 2000, excepto una única oposición celebrada en el 2002 en la que obtuvieron plaza fija 7 inspectores y quedaron dos vacantes, que ahora son accidentales entre otros 13 más. "Si el procedimiento es inadecuado ahora también lo era antes y afectaría igualmente a quienes fueron nombrados por la Administración anterior", insiste la consejería.

Es más, Educación explica que cuando el actual equipo de gobierno accedió a la consejería se encontró con una serie de docentes que llevaban ocupando plazas de inspectores accidentales durante sucesivos años, en régimen de comisiones de servicio que eran renovadas cada año "sin ningún tipo de trámite, sin concurrencia y sin dar oportunidad a otros docentes con iguales o mejores méritos, para acceder a dichos puestos". De hecho, apunta que el anterior gobierno dejó firmada la renovación de estas 15 comisiones de servicio antes de abandonar la Junta pese a que éstas no finalizaban hasta el 31 de agosto. "Era lo único que habían dejado tramitado a pesar de que ya estaban en funciones".

Por tanto, el objetivo de la convocatoria para cubrir estas quince vacantes en comisión de servicio tenía por fin "dar la oportunidad y abrir la convocatoria a todos los docentes, incluyendo los que estaban desempeñando estas funciones antes, que quisieran participar en la función de inspección educativa". Es más, cuatro de los quince inspectores seleccionados el pasado verano estaban desempeñando esta función antes.

RESPETO Con este argumento la Consejería, que "respeta" la decisión de la magistrada, considera que debe recurrir la sentencia porque "las cosas se han hecho legalmente y hemos actuado conforme a derecho". Aunque el proceso es más complejo.

La denuncia de la Asociación de Inspectores se basa asimismo en una normativa del 96 que contempla que las vacantes podían cubrirse con comisiones de servicio pero no las plazas que no son vacantes y la magistrada entiende que estas ahora no lo son porque se venían renovando en comisiones de servicio cada año. Considera que la Administración "tendría que haber convocado un procedimiento como el que convocó pero limitado a cubrir solo las plazas vacías y no prescindir de los servicios de todos los inspectores accidentales que había para pasar a nombrar a otros", asegura la sentencia, aunque en realidad ninguna de esas quince plazas son en propiedad, todas son provisionales y asignadas por un año.

Lo que sí rechaza la magistrada a la hora de impugnar el proceso es que el tribunal calificador no fuera el establecido y niega también que se puedan producir perjuicios graves por tal situación, como argumenta el colectivo demandante.