«Las instrucciones previas son un reflejo de la libertad de la persona. El documento lo haré o no pero, para poder elegir libremente, lo primero es tener información», reflexiona el médico forense Mariano Casado, autor junto al fiscal jefe de la Audiencia de Badajoz, Juan Calixto Galán, de ‘Las instrucciones previas. Una reflexión crítica’, que en el 2016 ganó la III edición del Premio Nacional de Derecho Sanitario. La Real Academia Nacional de Medicina volvió a reconocer hace menos de un año la labor de este facultativo y profesor de la UEx, en esta ocasión otorgándole el premio Nicolás Rodríguez de Abaytúa por un trabajo que abordaba la atención médica al final de la vida desde un punto de vista deontológico.

—¿Por qué hay en Extremadura un índice tan bajo de inscripciones en el Registro de Expresión Anticipada de Voluntades?

—En Extremadura, desde que se implantó la Ley de autonomía del paciente, en el 2002, que es cuando se estructuran las instrucciones previas, siempre hemos estado a la cola. ¿Por qué? Porque no se conoce el registro y no se fomenta su conocimiento. En cualquier caso, a nivel nacional la cumplimentación de este tipo de documentos no está tampoco en un nivel boyante. La razón es la misma: no es una cuestión conocida y, al no ser conocida, tampoco se hace hincapié en ella ni se informa en los lugares donde habría que hacerlo. Yo soy de los que defiende que esto es un acto médico sanitario y, por tanto, que son los médicos los que tienen que hacer difusión de este tipo de documentos para que los pacientes vayan entrando paulatinamente en su cumplimentación.

—¿Y no hay otras razones que puedan influir en las diferencias que se registran entre regiones?

—Existen otras, pero de tipo secundario. Influyen cuestiones como el nivel cultural, o diferencias de otra índole que hay entre las distintas regiones. Hay zonas donde el final de la vida se puede afrontar de una determinada manera y otras donde ni quieren oír hablar de la muerte. Eso es, además, un craso error, porque este documento también tiene valor en circunstancias como un accidente de tráfico o si se padece un cuadro en el cual de una forma temporal pierdes la conciencia. Si se sufre una trombosis, por ejemplo. Entonces es cuando el equipo médico va a actuar con ese paciente en virtud de lo que ponga el documento de instrucciones previas, y eso no quiere decir que se vaya a morir. Se trata de algo que ya se instauró a partir de la regulación del ‘Convenio de Oviedo’, que es pasar de una medicina paternalista a una medicina totalmente autónoma, donde el que prima y el que verdaderamente es protagonista del proceso asistencial no es ni el médico ni el resto de profesionales sanitarios, sino que es el paciente, que es una persona libre para decidir. Pero para decidir tiene que estar informado previamente.

—¿Cómo cree que debe ser abordado por los médicos este asunto?, ¿no puede ser delicado tratarlo en una consulta?

—El médico tiene que adquirir habilidades en cuanto al manejo de este tipo de documentos. Su trabajo es concienciarse de que esto es un verdadero acto médico y como tal no se tiene que estar esperando a que el paciente le pregunte o le solicite cómo se cumplimenta. Además, llegado el momento en el que el paciente no puede decidir, se evitan muchos inconvenientes. Si no, quien decide es el consejo familiar, las reuniones de los hermanos o no se sabe muy bien quién, pero al final se generan una serie importante de problemas. Y, si se acaba regulando la eutanasia y el suicidio médicamente asistido, sin duda alguna el tener un documento de instrucciones previas será una garantía para el propio paciente y para el equipo médico.

—¿Qué es lo que debe contener el documento?

—Es un documento muy tasado y muy cerrado. El otorgante tiene que cumplir una serie de características específicas: ser una persona mayor de edad, con capacidad para decidir y que actúe libremente. Aquí hay disparidad entre las comunidades autónomas. En algunas, siguiendo el criterio sanitario que establece la mayoría de edad a los 16 años, no es necesario esperar a los 18 para poder cumplimentar las instrucciones previas. Incluso hay una, Aragón, donde se puede hacer a los 14. En segundo lugar tengo que nombrar un representante para el momento en el que llegue esa situación. Él será el interlocutor con el equipo médico o sanitario para hacer cumplir lo que yo he puesto en este documento. Es el que dará la cara, al que se le preguntará. Sobre cómo se puede cumplimentar este documento tampoco hay coincidencia entre las distintas legislaciones autonómicas. La mayoría, entre ellas Extremadura, recoge que se puede hacer de dos maneras: o bien ante tres testigos que yo designe, o bien ante notario. Otra característica importante es que se puede hacer cuantas veces se quiera, de forma que puedo revocar el que hago hoy y realizar otro mañana.

—¿Y en cuanto al contenido?

—Pueden incluirse cuestiones relacionadas con la salud pero también puede decirse cuál quiere que sea el destino del cadáver o los órganos una vez que la persona ha fallecido. En los temas de salud, es posible poner lo que a mí me plazca, siempre que sea acorde a lo que se denomina la lex artis, es decir, no puede ser contrario a lo establecido por las normas legales, sanitarias, éticas y deontológicas de la medicina. Por eso esto es un acto médico. Es el facultativo el que le debe decir al paciente lo que puede o no hacer. En este sentido, de las 17 legislaciones que hay en la materia en España, la única que indica de forma taxativa cuál es la función que tiene el médico en relación a las instrucciones previas es la extremeña. No solamente debe estar de amanuense haciendo constar lo que está diciendo el paciente, sino orientarle e informarle sobre lo que puede o no hacer. En las otras normas se sobreentiende, pero no está escrito. Una vez que se ha cumplimentado el documento, hay un registro autonómico, que está en Mérida, adonde se remiten todos los documentos que se hagan en los distintos centros sanitarios de la comunidad autónoma, al tiempo que queda constancia de forma electrónica en el sistema JARA. También se envía al registro nacional del Ministerio de Sanidad, porque no sabemos dónde nos podemos poner malos o nos puede suceder un accidente y los médicos de cualquier comunidad tienen que tener acceso al registro nacional. Se convierte en un documento más de la historia clínica.

—¿A qué edad cree que debería existir ya la posibilidad de registrarse?

—Si decimos que este es un tema sanitario, y hay una legislación que establece que es a los 16 años cuando alguien tiene capacidad para recibir información y decidir con arreglo a ello, para hacer un documento de instrucciones previas a lo mejor había que plantearse que fuera a esa edad. Ahora, con 16 años los jóvenes tienen muchos conocimientos y capacidades para decidir y de hecho deciden sobre muchas cosas. Sí que sería factible que las personas pudieran empezar a tener la posibilidad de cumplimentar este documento entonces. Porque la base de esto es que al paciente se le considere una persona libre y que, como tal, tiene capacidad para decidir.

—¿Cree que hace falta una regulación de la eutanasia en España?

—Si me lo pregunta como miembro de una familia que se llama medicina, y que tiene una serie de valores y de principios, le diría que la eutanasia, como tal, no es necesario legalizarla. A lo mejor hay que regularla. ¿De una forma genérica o específicamente para determinados casos concretos? Pues hay un debate, y eso creo que es bueno, pero esto no es solamente entre eutanasia sí o no. Entre el blanco y el negro hay muchos matices. Como médico, digo que no. En el proyecto de ley que presentó el PSOE, más protagonista que el propio paciente es el médico, porque lo que se le encomienda en ese proyecto de ley… conmigo, como médico, que no cuenten. Y para poder regular unas situaciones concretas, quizás no es necesario sacar una ley orgánica, porque los médicos tenemos algunas formas para conseguirlo, como son los cuidados paliativos. Aun así, y aunque los cuidados paliativos funcionan perfectamente y estamos en una comunidad autónoma que es una de las que donde mejor lo hacen, quizás hay algunas ocasiones en las que no valen y entonces sí que hay que plantearse otras cuestiones. Por eso no me cierro a nada, pero de legalizar la eutanasia en España y el suicidio médicamente asistido, no soy partidario.