La Junta de Extremadura pone en marcha un red de once muladares para proporcionar alimento a las aves carroñeras, que, desde que entraron en vigor las restricciones comunitarias sobre el destino de los animales muertos en el campo, encuentran dificultades para encontrar alimentación. Según recoge la agencia Europa Press, el director general del Medio Natural, Guillermo Crespo, aclara que estas restricciones se adoptaron a mediados de los 90 por la aparición de la encefalopatía espongiforme bovina o enfermedad de las vacas locas. Por ello, Crespo señala que la red de muladares cuenta con el respaldo de "una nueva normativa que permite dejar los residuos o cadáveres en el campo", aunque "de forma controlada" y constará de once instalaciones distribuidas por todo el territorio de la comunidad autónoma. Los lugares elegidos para los muladares coinciden con las zonas donde se registran las mayores colonias de buitre negro, especie en peligro de extinción y una de las que se pretende proteger con la adopción de esta medida. Guillermo Crespo recuerda que en Extremadura habitan 850 parejas de buitre negro, que representan aproximadamente el 45 por ciento de la población total de esta especie en Europa, si bien se podrán beneficiar de los muladares otras aves que también han sufrido problemas de inanición "como el alimoche, el águila imperial, el águila real y los córvidos". Los muladares estarán ubicados en las zonas de Granadilla, el parque Nacional de Monfragüe, Acehúche, la Sierra de San Pedro, la Sierra de Gata y la reserva del Cíjara. En cuanto a su mantenimiento, tres de ellos serán carácter comunal, estarán en fincas de titularidad pública y serán atendidos por la empresa pública Tragsega, mientras los ocho restantes tendrán la denominación de "muladares de explotación", lo que supone, según el director general, que van a ser instalados en explotaciones particulares y serán atendidos por sus titulares. Independientemente del tipo de muladar, la legislación sanitaria establece que para que el ganado de una explotación pueda ser destinado a su consumo por las aves necrófagas, en el caso de ganado ovino y caprino de más de 18 meses, el cuatro de los animales muertos de la explotación deben obtener resultado negativo a la prueba de la EEB. En el caso del vacuno de más de 24 meses deben someterse a la prueba el 100 por cien de los animales muertos. Este último aspecto hace inviable la utilización del vacuno adulto en los muladares, puesto que se precisa un resultado analítico que suele demorarse en el tiempo, explicó. Asimismo, pueden ser destinados al muladar los animales vacuno de menos de 24 meses, ovino y caprino menor de 18 meses, así como animales de la especie porcina, equina, conejos y especies cinegéticas de caza mayor. Las dimensiones de los muladares oscilarán entre 0,5 y 1 hectárea y serán preferentemente ubicados en laderas con ligera inclinación, para facilitar el despegue y aterrizaje de las aves carroñeras. De la misma forma, deberán contarán con un cerramiento de 2 metros de alto como mínimo y malla de simple torsión y en su parte superior con un voladizo para evitar la escalada de carnívoros domésticos o salvajes. El cerramiento estará recibido en todo su perímetro por una base de cemento para impedir la construcción de galerías de carnívoros domésticos o salvajes.