Nuevo incremento en la factura de la luz. A partir de este mes de septiembre los consumidores extremeños tendrán que hacer frente a un recargo en el recibo eléctrico a consecuencia de un suplemento territorial no aplicado en el año 2013 y relacionado con los peajes de acceso a la electricidad. En su día no se repercutió a los usuarios y el Tribunal Supremo ha dado la razón a las eléctricas que recurrieron, poniendo fin a un largo proceso judicial.

De esta forma, todos los consumidores que tuvieran contrato en ese año tendrán que abonar el pago, independientemente de la compañía de servicio y la tarifa establecida. La cuantía del recargo variará en cada caso porque depende de factores como la potencia contratada y el consumo, pero las asociaciones de consumidores estiman que oscilará entre menos de un euro y los 20.

El primer paso es que las compañías notifiquen el cobro a los usuarios a través de carta, una comunicación que se remitirá junto a la factura eléctrica, aunque en 2013 la compañía no sea la actual. Según detallan desde la Unión de Consumidores de Extremadura (Ucex), el recargo debe aparecer perfectamente reflejado en la factura bajo el concepto ‘Suplemento territorial por tributos económicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura del año 2013’.

Si la refacturación es menor a dos euros (sin IVA) se cobrará en un único recibo, pero si el importe es superior se prorrateará la suma a pagar en las facturas de todo un año «para hacer el menor daño posible a la economía familiar», dicen en la Ucex. La carta deberá especificar el periodo al que corresponde la regularización, los parámetros para la facturación (potencia y energía activa), la cuantía correspondiente y el número de facturas en que va a llevarse a cabo el pago.

Además de Extremadura, otras nueve comunidades autónomas tendrán que abonar ahora este recargo: Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Galicia, Madrid, Murcia y Navarra. A ellas se suma Cataluña, cuya refacturación provisional (aprobada en 2017) fue insuficiente para recaudar la totalidad del importe.

DE UNO A 20 EUROS / Según los cálculos realizados por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), el impacto de la refacturación en un hogar medio puede suponer menos de un euro (como es el caso de Cataluña, Madrid o Andalucía) pero alcanzar incluso los 20, como ocurrirá en Galicia. En Extremadura, para un hogar con 4.6 kW y 3500 de kWh de consumo se establece una media de 2,24 euros. No obstante, desde la Ucex recuerdan que las cifras medias «no son la cantidad real» a pagar y que fácilmente se puede superar esta cifra. Se cargará a todos los hogares con contrato durante 2013 aunque hayan cambiado de compañía y estén o no en el mercado regulado.

Las diez autonomías que ahora tienen que hacer frente a este recargo no repercutieron a los usuarios los impuestos obligatorios en 2013, que fueron asumidos por las comercializadoras de electricidad. Al pagar la tarifa de acceso en su factura eléctrica, el usuario está pagando el coste de las redes y otros cargos del sistema eléctrico. Las tarifas son únicas para todo el país, pero en algunas comunidades autónomas además se cobran impuestos autonómicos a las empresas que operan en el mercado regulado (distribución, transporte…).

El retraso en la facturación se debe a que en el 2012 se legisló que era prescriptivo cobrar al ciudadano estos impuestos autonómicos a la actividad eléctrica, pero las tarifas de acceso de 2013 no llegaron a reflejar esta diferencia. En la práctica, el Gobierno no contempló este suplemento y tuvo que ser absorbido por las propias empresas comercializadoras, que recurrieron la cuestión.

Un año más tarde, en 2014 se revisó de nuevo la ley y se eliminó la obligación de repercutir los impuestos territoriales a los consumidores. Sin embargo, las compañías decidieron reclamar las cantidades no cobradas de forma retroactiva. Ahora, tras una larga controversia judicial se ha establecido que hay que pagar un suplemento para cubrir ese desfase provocado durante 2013. El debate se zanjó al dictaminar el Tribunal Supremo la obligación de pagar el recargo para cubrir esa tasa que debía sumar al peaje de acceso un extra con origen regional y que sería abonado por los usuarios.

En 2017 ya se aplicó una primera refacturación a los clientes de La Rioja, de Castilla La Mancha y Valencia y ahora toca el turno de aplicarla a Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra. A ellas también se suma Cataluña, cuya refacturación provisional (aprobada en 2017) fue insuficiente para recaudar la totalidad del importe y ahora le corresponde abonar la diferencia.

En conclusión, todas las comunidades autónomas que no aplicaron los impuestos regionales obligatorios en esas fechas (excepto Baleares, Canarias y País Vasco por no tener en el ejercicio 2013 figuras tributarias relacionadas con los suplementos) aplicarán recargos en el recibo de la luz. Las comercializadoras «deben entregar la totalidad de lo recaudado a las distribuidoras, que serán las encargadas de liquidar el suplemento.