Jarro de agua fría para Félix Dillana y su pretensión de ser compensado con una cantidad de dinero por haber dejado la Asamblea de Extremadura tras permanecer en ella 25 años. La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia acaba de rechazar que su demanda contra la resolución de la Mesa de la Asamblea por la que se le denegó una indemnización tras dejar el escaño suponga una conculcación de sus derechos fundamentales.

En un escrito remitido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), la Fiscalía desestima que la demanda del exparlamentario socialista deba ser entendida como una violación de su derecho a la igualdad como ciudadano; a la igualdad en el acceso a las funciones y a la condición de cargo público; y a la tutela judicial. Estos tres preceptos constitucionales --consagrados en la Carta Magna en los artículos 14, 23 y 24-- fueron invocados por Félix Dillana para dar fuerza a su demanda contra la resolución de la Mesa de la Asamblea en la que se denegaba esa indemnización.

La Fiscalía, además, solicita que Dillana corra con los gastos del procedimiento. Este tipo de castigos accesorios se entienden cuando quien lo pide entiende que el asunto sobre el que tiene que pronunciarse --en este caso la mencionada demanda del exparlamentario por conculcación de derechos fundamentales--, carece de cualquier basamento legal, ni siquiera como indicio.

EL REGLAMENTO Como se recordará (ver EL PERIODICO EXTREMADURA del 2 y 3 de diciembre), Félix Dillana demandó a la Asamblea de Extremadura después de solicitar, y que esta le denegara, que fuera compensado por dejar el escaño en la misma, tras permanecer 25 años como diputado. Para ello apeló al artículo 22.4 del Reglamento de la cámara que establece que este órgano determinará "una asignación de transición para aquellos diputados que pierdan tal condición por extinción del mismo o por renuncia".

Dillana defiende su petición por dos vías: porque interpreta el artículo 22.4 como un mandato a la Cámara, sin que quepan interpretaciones posteriores: los diputados que pierdan su condición por extinción o por renuncia tienen derecho a la asignación; y porque entiende que se le ha discriminado --de ahí su demanda por conculcación de derechos fundamentales y el pronunciamiento de la Fiscalía--, toda vez que media docena de exparlamentarios de la legislatura 2004-2007 cobraron más de 10.000 euros como compensación por perder su condición de diputados.

La Mesa de la Asamblea, sin embargo, denegó su pretensión por entender que ese artículo está, en realidad, sujeto a la decisión de la Mesa de la Asamblea. No es, por tanto, imperativo, sino potestativo.

El escrito del fiscal no entra en el fondo del asunto (¿tiene derecho Dillana a ser compensado?), y ahora la Sala tiene que decidir si continúa o no el trámite como procedimiento especial en función de si comparte o no la tesis del Ministerio Público. Si finalmente la acoge, Dillana podría continuar con la demanda como procedimiento ordinario, cuya resolución es más lenta.