«Todos los bienes de los cónyuges son comunes desde la celebración del matrimonio y que, a su fin, se debe dividir a la mitad». Una suerte de «lo tuyo es mío y lo mío es tuyo» recoge el ‘Fuero de Baylío’, un régimen jurídico que rige en 19 localidades, la mayoría de ellas colindantes con Portugal y que afecta a los términos económicos en el matrimonio.

La primera particularidad que se deriva de este régimen es que «los hombres y mujeres son iguales», todo un hito porque su vigencia histórica fue aprobada en una Real Cédula de Carlos III y hasta 1975 las mujeres no gozaron de igualdad de derechos respecto al hombre.

La segunda particularidad reside en que Extremadura es la única comunidad autónoma que no ha recogido por escrito este derecho foral, lo que genera inseguridad jurídica en la práctica. El ‘Fuero del Baylío’ sigue siendo consuetudinario, explicó ayer el magistrado Mercenario Villalba, que ha elaborado una obra de investigación sobre el «último reducto del derecho foral».

En el derecho común, según ha explicado Villalba, la mujer traía los bienes al matrimonio a través de la dote, la cual era administrada por el marido y los bienes privativos heredados por ella también eran gestionados por el esposo.

Ha recordado que el Fuero del Baylío está respaldado por la Constitución Española, pues la Carta Magna ampara las costumbres jurídicas. «Está vigente y se aplica», ha remarcado.

Villalba presentó ayer por la mañana el libro de investigación y análisis, titulado ‘El Foro del Baylío’, en un acto celebrado en la Asamblea de Extremadura, institución que le encargó este trabajo.

Al acto ha asistido la presidenta de la Cámara legislativa, Blanca Martín, y su antecesor en el cargo, Fernando Manzano; la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Pilar Blanco-Morales, así como numerosos juristas. En su intervención, Martín puso de manifiesto que este fuero es un elemento de la cultura y la identidad extremeña.