Ni repite el examen ni se modifica el tribunal. El juez ha dado la razón a la exconsejera María Jesús Mejuto y rechaza que se repita la prueba de la oposición de Cirugía General y del Aparato digestivo del Servicio Extremeño de Salud (SES) en el que Mejuto obtuvo en 2013 la nota más alta: un 93,333 sobre 100, casi 30 puntos por encima del segundo candidato.

El titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Mérida ha estimado en su totalidad el recurso que interpuso Mejuto contra la resolución que dictó en abril de 2014 el SES y por la que se anulaba la nota de la exconsejera y se le obligaba a repetir la prueba con un nuevo tribunal. El juez estima también parcialmente las demandas de los tres opositores que suspendieron la prueba en cuanto a anular la resolución del SES. Eso conlleva desestimar los recursos de alzada a los que interpusieron y a confirmar la decisión del tribunal de selección en 2013 con la calificación que otorgó a María Jesús Mejuto. Desestima en todo caso la petición de estos para que todos los aspirantes repitieran el ejercicio con un nuevo tribunal.

NO ES FIRME La sentencia no es firme. Cabe recurso ante el TSJEx en un plazo máximo de 15 días y los abogados de las partes implicadas estudian el contenido con el fin de decidir si continúan adelante con el proceso. Los servicios jurídicos de la Junta de Extremadura analizaron ayer los argumentos de la sentencia y hoy se podría tomar una decisión en el Consejo de Gobierno, según fuentes del área de Sanidad.

El SES estimó en 2013 los recursos de alzada interpuestos por once de los aspirantes (siete que habían aprobado y tres que habían suspendido), tras conocerse el resultado de la prueba. En esa resolución se anulaba la nota obtenida por Mejuto y se le conminaba a realizar un nuevo examen bajo la supervisión de un nuevo tribunal. La decisión adoptada entonces por el SES motivó el recurso judicial de la exconsejera al que el juzgado da la razón.

El juez ha ratificado ahora el 93,333 obtenido por la exconsejera estimando la totalidad de su recurso, integrado por diez puntos con otros tantos motivos por los que solicitaba la anulación de la resolución del SES. Considera que no se ha demostrado que ella "conoció o contó con el examen con caracter previo a la prueba" y tampoco ve acreditado "que hubiera una relación de amistad íntima" con el presidente del Tribunal de Selección, el doctor Luciano Santonja, que pudiera haber influido en el resultado. "La nota obtenida por la señora Mejuto en la prueba teórica del proceso selectivo nada tiene que ver con la existencia o inexistencia de los supuestos motivos de abstención en la persona del presidente del tribunal", recoge la sentencia.

DISCRIMINACION Además advierte que la resolución del SES supone "una patente discriminación" para María Jesús Mejuto, puesto que "de confirmarse, tendría un tribunal y un examen completamente distinto al resto de candidatos".

El juez observa que en las fases previas de la oposición nadie "procedió a impugnar" las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos de la prueba y también que a pesar de que el sindicato CSIF dirigió en octubre de 2012 una instancia al gerente del SES en la que ponía de manifiesto la participación de María Jesús Mejuto y solicitaba la modificación del nombramiento del tribunal, "la solicitud no fue contestada ni se dio a esta trámite procedimental", con lo que "el SES refrendó la validez del tribunal de selección", una de las cuestiones que luego recurrieron.