La Junta de Extremadura ha concedido un plazo de un año a los titulares de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión ubicadas en zonas de protección para que implanten medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado hoy una resolución de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se determinan las líneas eléctricas que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.

En esta norma se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

El real decreto también establece que las comunidades autónomas realizarán un inventario de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión ya existentes que provocan una mortalidad por colisión de aves incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, particularmente las incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Así, con fecha 13 de agosto de 2014, se publicó en el DOE la resolución de 14 de julio de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración de las especies de aves incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura.

En la misma resolución, se dispone la publicación de las zonas de protección existentes en Extremadura en las que serán de aplicación las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión.

Con fecha 10 de mayo de 2018, la Dirección General de Medio Ambiente requirió a las compañías eléctricas titulares de líneas que operan en Extremadura que comunicaran las líneas de su propiedad que, estando ubicadas en las zonas de protección establecidas, no cumplen las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, así como los puntos de suministro autorizados.

Del análisis conjunto entre las zonas establecidas en la resolución de 14 de julio de 2014 y la información obtenida de las distribuidoras eléctricas y particulares propietarios se han obtenido las líneas eléctricas que, ubicadas en zona de protección, incumplen las prescripciones técnicas concernidas en el Real Decreto 1432/2008.

Así, los titulares de estas líneas eléctricas deberán presentar ante la Dirección General de Medio Ambiente, que dará traslado a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, el proyecto de adaptación a las citadas prescripciones técnicas en el plazo de un año.

Las eléctricas deberán optar por aquellas soluciones técnicamente viables que aseguren la mínima afección posible a la continuidad del suministro de energía eléctrica.

Mediante resolución podrá ampliarse la relación de líneas eléctricas de alta tensión cuando se detecten la ausencia de medidas de protección para la avifauna o se constaten nuevos casos de electrocuciones.