El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó ayer una orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por la que se regula la autorización y registro de los transportistas de animales vivos y de sus medios de transporte, así como la obligatoriedad de llevar al día un Libro de registro de Actividad de Transporte de Animales Vivos. Así, los transportistas de animales vivos con domicilio social en Extremadura deberán pedir autorización a la consejería para desarrollar su actividad, según explica la Junta de Extremadura en un comunicado.