La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, mediante una orden publicada hoy en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), establece la época de peligro alto de incendios forestales con efectos, desde el día 1 de junio de 2013.

Se entenderá por época de peligro alto aquella en la que, por las condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de incendios sean potencialmente elevados y aconsejen un despliegue máximo de los medios existentes.

Se declara época de peligro alto de incendios forestales, durante el año 2013, el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 13 de octubre, ambos inclusive. No obstante, y en función de las condiciones meteorológicas, la duración de este periodo podrá adelantarse o prorrogarse si las mismas lo aconsejan.

En todo lo referente a prohibiciones, limitaciones y autorizaciones de uso del fuego, se estará a lo que se especifica en los artículos 32, 33, 34 y 35 del Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex).