¿Tengo que llevar la mascarilla puesta? ¿Se puede fumar? ¿Cuántas personas se pueden sentar juntas? En tiempos de coronavirus las terrazas y veladores se han convertido en el salvoconducto de la mayoría de bares y restaurantes, que con la llegada del frío han visto abierto un nuevo frente en la lucha contra este enemigo invisible. Para dar certidumbre al sector y establecer unos criterios homogéneos sobre lo que se puede hacer y lo que no, la Consejería de Sanidad ha editado una guía en colaboración con la Confederación Regional de Empresarios de Extremadura (Creex). El protocolo permite los cerramientos completos, pero rebajando el aforo al 40% y equiparando las condiciones a las vigentes para el interior.

«Con la llegada del tiempo desapacible la mera consideración de terraza con dos paramentos no servía, ya que al cliente le iba a resultar imposible aguantar en un espacio tan desprotegido», explica el secretario general de la Creex, Javier Peinado. Según la patronal extremeña, permitir los cerramientos completos era la única solución para muchos hosteleros con problemas de espacio cuando el aforo en interiores está limitado al 40% y las inclemencias del tiempo tampoco permiten el uso de la terraza. «La ruina que amenaza ya a muchos negocios se convertiría en una realidad inmediata», afirma Peinado.

Así, desde la Confederación se pidió a las autoridades sanitarias que se posibilitaran espacios exteriores con techo y cuatro paramentos, «con los criterios que se considerasen oportunos pero sin prohibirlas y sin que el hostelero se arriesgase a una multa y a tener que retirar una instalación en la que ya había invertido». De este planteamiento nace la nueva guía, que es fruto del trabajo de «semanas» y que ha contado también con la colaboración de la Delegación del Gobierno y la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (Fempex), ya que la complicidad de los ayuntamientos será imprescindible.

La guía distingue entre dos figuras distintas: terrazas y espacios exteriores. La primera engloba cuatro tipos de veladores: totalmente abiertos, con mamparas cortavientos de no más de un metro de altura, con dos paramentos y techo o con paramentos discontinuos (mismo espacio lateral libre que tapado). En estos casos se permite un aforo del 50% y como regla indicativa cada persona deberá disponer al menos de dos metros cuadrados y medio.

Por su parte, los espacios exteriores no considerados terrazas abarcan los veladores con retranqueado en el interior y dos paramentos con techo; tres paramentos con techo, y espacios totalmente cubiertos y cerrados. Aquí el aforo es del 40% y tendrá que haber al menos tres metros cuadrados por persona. Si no se garantiza esa superficie no se podrá alcanzar el aforo máximo y se deberá reducir lo que sea necesario para poder respetar ese espacio. En ambos casos, y también en interiores (donde se mantiene el 40% de aforo) se prohíbe el consumo en barra, se establece como regla general un máximo de seis personas por mesa (excepto convivientes) y el cierre a las 12 de la noche. Excepcionalmente y gracias a la flexibilización del plan de Navidad, los días 18, 19, 24 y 31 de diciembre se permitirán mesas de 10 personas y cierre a la 1.00 (el toque de queda se extiende hasta la 1.30 para que los clientes puedan llegar a su casa sin problemas).

MEDIDAS DE PROTECCIÓN / La guía establece además una serie de medidas de protección individuales. Así, el uso de la mascarilla es obligatorio aunque haya distancia de seguridad, excepto «el tiempo imprescindible» para comer y beber. Es necesaria también la higiene frecuente de manos y se prohíbe fumar y vapear si no se puede guardar una distancia de dos metros con el resto de personas.

Además, se recogen también las medidas de higiene que deberán cumplir los hosteleros: desinfección del espacio al menos una vez al día, y mesas y sillas para cada nuevo cliente; priorizar el uso de productos monodosis y desechables; fomentar el pago con tarjeta y si el uso de los aseos o similares está permitido, su ocupación máxima será de una persona.