El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado hoy un proyecto de ley para evitar el consumo de alcohol por menores, una practica que se ha retrasado a los 12 y 13 años, que pone su foco en la prevención desde el punto de vista social, sanitario, educativo y familiar.

La portavoz del Ejecutivo regional, Isabel Gil Rosiña, ha señalado que la norma, que nace fruto del consenso y para actualizar la ley de 2003 -de Convivencia y Ocio-, que ha quedado "obsoleta", entrará en vigor a los seis meses de su publicación para que los ayuntamientos puedan adaptar sus ordenanzas municipales.

El régimen sancionador del proyecto de Ley de Prevención del Consumo de Bebidas Alcohólicas en Personas Menores de Edad establece que las faltas leves serán competencia de los ayuntamientos, las graves de la consejería de la Junta afectada y las graves del Consejo de Gobierno.

Gil Rosiña ha aclarado que este régimen persigue la reeducación del menor, con el fin de que tenga una "segunda oportunidad", con sanciones que pueden ser trabajos en favor de la comunidad.

La portavoz del Ejecutivo regional, que ha valorado el carácter "pionero" de la norma de 2003, ha señalado que la nueva ley mantiene el Consejo de Convivencia y Ocio, que será el encargado de elaborar un plan autonómico se sensibilización y prevención del consumo de alcohol por menores.

Tendrá una vigencia de cuatro años y deberá pasar por la Asamblea, así como el informe anual de seguimiento, ha detallado.

Gil Rosiña ha insistido en que la ley, como la de 2003, es el resultado de un proceso participativo "de abajo arriba" y ha destacado que unas de las primeras prioridades del presidente extremeño, Guillermo Fernández Vara, tras llegar al cargo.

El texto, según la reseña de los acuerdos, prohíbe el suministro, gratuito o no, de bebidas alcohólicas a menores de edad, así como su consumo por parte de éstos y se regula el consumo de alcohol en las vías y zonas públicas.

Asimismo se establecen las limitaciones del acceso de menores a los locales, de manera que se les prohíbe la entrada a salas de fiesta, bailes, discotecas y establecimientos similares en los que se venda o facilite el consumo de alcohol, salvo cuando haya actividades en directo, en cuyo caso, los menores de dieciséis años deberán ir acompañados de sus progenitores o tutores.

No obstante, se admitirá la entrada de los mayores de catorce años cuando haya sesiones destinadas a este colectivo y se retiren las bebidas alcohólicas y su publicidad y no estén conectadas las máquinas de juego ni las expendedoras autorizadas de bebidas alcohólicas.

Además se tipifican las infracciones en leves, graves y muy graves.

Las primeras podrán ser sancionadas con apercibimiento o con una multa desde 60 hasta 600 euros; y para las segundas se podrá imponer una multa desde 601 hasta 30.000 euros y/o suspensión temporal de la actividad y/o con cierre temporal, total o parcial, del establecimiento.

Las sanciones muy graves serán sancionadas con una multa desde 30.001 hasta 600.000 euros y/o cierre, total o parcial, del establecimiento por un periodo de hasta cinco años.