El Tribunal Constitucional (TC) va a estudiar si cabe o no anular, por su carácter retroactivo, la supresión de la paga extra de los empleados públicos, acordada por el Gobierno en el 2012, al admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada al respecto para el caso del personal laboral en Cetarsa.

La admisión a trámite de esta cuestión, planteada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, supone la paralización del procedimiento, es decir, que la resolución de la Audiencia sobre la supresión de la paga extra de los empleados públicos, personal laboral y funcionarios, queda pendiente de lo que dicte el TC sobre la constitucionalidad de la medida. El procedimiento en el curso del cual se ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad se refiere al personal laboral público, aunque la decisión sobre este caso del Tribunal Constitucional afectará también a los funcionarios, porque a ellos se les aplicó igualmente la misma norma que al citado personal, según fuentes jurídicas.

La clave en el proceso radica en que la paga extra se suspendió para personal laboral y funcionarios en julio de 2012, cuando ya se habían devengado 15 días de este salario ya que, según entiende la Audiencia, siguiendo la doctrina del Supremo, esta paga se refiere a todo el año. El procedimiento se abrió en la Audiencia por un recurso planteado por los sindicatos de trabajadores de la Compañía Española de Tabaco (Cetarsa).

Al estudiar el caso, los magistrados entendieron que ese recorte podía atacar el interés general y vulnerar la Constitución por su carácter retroactivo. Por ese motivo preguntaron en marzo de 2013 al Constitucional sobre el artículo 2 del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, sobre medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que establecía la deducción de la paga extra de Navidad.

Las dudas de la Audiencia, que ahora resolverá el Constitucional, se referían a si esta ley vulneraba el art. 9.3 de la Constitución, que establece "la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales". La Audiencia, siguiendo la doctrina del Supremo, entendió que las gratificaciones extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido y se devengan día a día, por lo que el Gobierno no podría suprimir la paga completa en julio con efectos retroactivos a todo el año.

DOCENTES ACUDEN AL JUEZ Los docentes extremeños también han abierto el proceso judicial para reclamar la extra. Los responsables de los cinco sindicatos con representación en la Mesa Sectorial de Educación interpusieron ayer otros tantos recursos contencioso-administrativo para la recuperación de esta paga, o en su defecto, la parte proporcional de los 44 días que ya se habían devengado a la entrada en vigor del decreto 20/2012. La supresión afecta a unos 15.500 docentes de varias enseñanzas y otros 3.000 de la Uex. Los sindicatos presentaron en enero un recurso administrativo contra esa supresión y ahora, al entender que es denegatoria por no haber obtenido respuesta en este tiempo, han emprendido el siguiente paso, la vía judicial, con la interposición de 5 recursos ante los Juzgados Contencioso Administrativo de Mérida, Cáceres y Badajoz.