El límite de los gastos electorales para los comicios autonómicos del 26 de mayo que podrán realizar los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores es de 385.534 euros en la provincia de Badajoz y de 225.997 en la de Cáceres.

Así lo establece la orden publicada hoy en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se actualizan las cantidades establecidas en la Ley 2/1987, de 16 de marzo, de elecciones a la Asamblea de Extremadura referidas a financiación y límites de gastos electorales.

Estas cifras son el resultado de multiplicar por 0,57 euros el número de habitantes de la población de derecho a la circunscripción donde se presente la candidatura, teniendo en cuenta la revisión del padrón municipal a 1 de enero de 2018.

En el supuesto de que se concurra a dos o más elecciones, el límite será el establecido en el artículo 131.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

La orden, firmada por la consejera de Hacienda y Administración Pública, Pilar Blanco-Morales, establece además que la Administración de la comunidad autónoma subvencionará los gastos que originen las actividades electorales.

Se subvencionarán 14.304 euros por cada escaño obtenido y 57 céntimos por cada voto conseguido por la candidatura que haya obtenido, al menos, un escaño