El proyecto de Ley de de Información Sanitaria y Autonomía del Paciente, adelantado ayer por EL PERIODICO, regula, entre otras muchas cuestiones, el derecho de los pacientes a recibir copia de todos los documentos contenidos en su historial clínico. De este modo, cuando un enfermo solicite sus datos, el médico estará obligado por ley a darle copia de los mismos.

Según explicó ayer el consejero de Sanidad, Guillermo Fernández Vara, la única excepción a este derecho la constituyen las anotaciones subjetivas del facultativo, que no se facilitarán al paciente. Así, el consejero manifestó que "en muchas ocasiones, el médico realiza anotaciones en el historial que no son un diagnóstico, sino apreciaciones o impresiones". Fernández Vara explicó que dichas anotaciones pueden tener un gran valor como guía para otro médico que examine al mismo enfermo, pero si el facultativo teme que sean utilizadas en su contra, evitará hacerlas.

Por ello, estas notas no serán entregadas al paciente, y sólo se facilitarán si lo pide el juez.

CONJUNTO DE NORMAS En su repaso a la normativa que inicia ahora su tramitación, el consejero indicó que la ley que se propone forma parte de un conjunto de normas destinadas a dar cobertura legal a los derechos de los usuarios de la sanidad, entre las que citó la futura ley sobre listas de espera o la certificación de calidad para los hospitales.

Según comentó, la norma que alude a la información sanitaria contempla "el derecho a ser informado, pero también a no serlo, porque el titular de la información es el paciente". También resaltó como novedad que se establece la obligación de las autoridades sanitarias de informar de manera rápida y clara a los ciudadanos en el caso de brotes epidémico que puedan constituir un riesgo para la salud pública o para la individual de algunas personas.

"De este modo, la decisión sobre informar o no en estos casos no queda al arbitrio del responsable político de turno, sino que se convierte en una obligación legal y en un derecho de los ciudadanos", apuntó.

Otra de las novedades destacadas por Fernández Vara alude al derecho a la intimidad del paciente, "que, dados los avances que se están produciendo en este campo, abarca también a la obligación de confidencialidad sobre los datos genéticos".

Respecto a la eutanasia pasiva, recogida implícitamente en el apartado dedicado al documento de expresión anticipada de voluntades, el consejero manifestó que "la ley ni la menciona ni la valora", para agregar que la norma "recoge el derecho del enfermo a expresar por adelantado su deseo de que no se le prolongue inútilmente la vida".

Vara señaló que "esto se hace todos los días en las UCI, y la diferencia es que ahora, y con los límites legales existentes, el médico conocerá cuál es la voluntad del paciente".