La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente ha aprobado el plan de actuación sobre zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrícola, que establece restricciones en el uso de abonos químicos en 19 municipios extremeños de las zonas de las Vegas Bajas y regadíos del Zújar. Este plan es consecuencia de la alerta dada por la UE hace tres meses sobre vertidos por filtración de nitratos en los ríos de estas dos áreas.

En el programa se indica que las restricciones afectan a los cultivos de maíz, cereales, girasol, colza, arroz, tomate, espárrago, olivar y frutales de hueso y espina, donde, entre otras cuestiones, no se podrán usar fertilizantes cuando el suelo esté muy frío o se prevean lluvias intensas.

RESIDUOS GANADEROS

Además, Medio Ambiente fija unas tablas que establecen las cantidades máximas de abonos químicos que pueden utilizarse en las dos zonas donde se ha detectado esta contaminación, y que varían según los cultivos, así como especificaciones sobre cuándo y cómo se podrán aplicar los fertilizantes. Las mismas restricciones se amplían a los cultivos donde se apliquen abonos de origen orgánico, como el estiércol o el compost, ya que estos productos también llevan nitrógeno.

Por lo que se refiere a las cuestiones relacionadas con el tipo de terreno, el plan prohíbe cultivar en zonas con pendientes mayores al 20% o abonar en días de fuerte viento o lluvia. De igual modo, no estará permitido aplicar fertilizantes en suelos inundados, excepto en el caso del arroz, ni a menos de diez metros del cauce de los ríos o pozos de captación de agua.

En cuanto a las explotaciones ganaderas que estén en estas zonas, se obliga a acreditar en qué áreas de cultivo se va a utilizar como abono el estiércol que se genere o a qué centro de gestión de residuos se entregan. En el primer caso, Medio Ambiente establece que las explotaciones tienen que construir un centro impermeable y alejado de los ríos para el almacenamiento de estiércol, y este centro debe tener capacidad para acumular los residuos generados durante el tiempo máximo en el que el plan prohíbe su utilización.