La gran variedad de modelos de quads ha originado una gran confusión sobre las normas viarias para sus usuarios.

Según el artículo 118 del reglamento general de circulación, el casco es obligatorio para conductores y pasajeros de motocicletas, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos y ciclomotores que no cuentan con una estructura de autoprotección. Un quad de una cilindrada inferior a los 50cc suele ser matriculado como ciclomotor. Entre los de mayor potencia, que son los deportivos y llamados ATV, unos reciben la calificación técnica de vehículo especial, que no obliga a llevar casco.