Segundo intento de reforma para la Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio ha sometido a exposición pública un nuevo anteproyecto para la modificación de la norma actual, que data de 1990, después de que el borrador que el PP presentó en los últimos meses de la legislatura pasada no llegara finalmente a debatirse en la Asamblea. El nuevo texto, que busca "dar respuesta a las novedosas y crecientes demandas sociales en materia de seguridad e implicar a las policías locales en aspectos como la erradicación de la delincuencia próxima, la protección de menores y la violencia de género", mantiene en lo esencial los planteamientos formulados por el anterior Ejecutivo pero también incluye algunas peticiones que los sindicatos han planteado en el proceso de trabajo mantenido con la consejería en los dos últimos meses.

Como principal novedad respecto a la ley actual, se permite que los pequeños municipios puedan asociarse para crear cuerpos de policía local mancomunados y además se abre la posibilidad de establecer una bolsa de empleo que permita a los ayuntamientos contar con agentes interinos bajo la supervisión de la consejería. También se elimina la figura del auxiliar de policía local y se mejora la regulación del servicio en segunda actividad. "Es un punto de partida bastante bueno. Aunque todavía queda un largo recorrido, si seguimos en esta línea de una vez por todas podremos tener una ley adaptada al siglo XXI", dice el responsable autonómico de Policía Local del sindicato CSIF, Jesús Solana. Este explica que una de las principales novedades que incluye el anteproyecto es la posibilidad de que los ayuntamientos de los municipios más pequeños puedan asociarse para crear cuerpos de policía local mancomunados. Para ello, según recoge el texto, tienen que ser limítrofes, la suma de sus poblaciones no tiene que superar los 40.000 habitantes y deberán acreditar que carecen de recursos para la prestación del servicio en solitario --la plantilla de los cuerpos de policía local debe ser como mínimo de tres agentes--.

MAS CAMBIOS Además de esto, la ley también regula la colaboración esporádica entre las policías locales de las localidades cercanas para atender necesidades especiales, lo que permitirá por ejemplo reforzar los efectivos en fiestas y eventos importantes. Otra de las novedades que incluye el anteproyecto es la eliminación de la figura del auxiliar de policía local, de forma que ahora todos los funcionarios pasarán a tener la condición de agentes. Y de igual forma, los sindicatos valoran muy positivamente el tratamiento que se da a la prevención de riesgos laborales.

Por contra, entre los aspectos más polémicos del texto destaca el proceso de nombramiento escogido para el jefe del cuerpo de policía local, que "será efectuado por el alcalde por el sistema de libre designación". El proceso de elección 'a dedo' también se contemplaba en el anterior borrador y aunque sigue sin gustar a las centrales sindicales, Solana reconoce que en esta ocasión se fija una convocatoria pública de acuerdo a los criterios de igualdad, mérito, capacidad, objetividad y publicidad a la que podrán concurrir los funcionarios de carrera que tengan la máxima categoría dentro de la plantilla de personal del cuerpo de policía del ayuntamiento, lo que implica que el alcalde no podrá imponer a nadie de fuera. "No nos gusta, pero estamos dispuestos a hablar, para alcanzar un consenso todas las partes tendrán que ceder", reconoce el representante de CSIF. Otro de los aspectos más polémicos para las centrales sindicales es el hecho de que el texto abra la vía a la creación de bolsas de empleo que permitan a los ayuntamientos el nombramiento de agentes interinos, previa supervisión de la consejería competente, que regularía el proceso.