Agotar la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tener derecho a subsidios de desempleo por llegar a su duración máxima, incluidas las prórrogas. Esta situación ha de producirse entre el 1 de agosto de 2009 y el 15 de febrero de 2010.

Que la suma de las rentas mensuales obtenidas por todos los miembros de la unidad familiar, dividida por el número de personas que la componen no supere el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Ese porcentaje asciende en 2009 a 468 euros.

No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayuda análogas de asistencia social de las Administraciones Públicas.

No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social.

Ser menor de 65 años.

Suscribir el compromiso de realizar un itinerario activo de inserción laboral y las actuaciones que en él determine el Servicio Extremeño de Empleo.

Presentar la solicitud en el modelo oficial facilitado en las oficinas del INEM dentro de un plazo de 60 días a partir del día siguiente al del agotamiento de la prestación o subsidio que se cobrara anteriormente.