Los PRUG definen todas las actividades que pueden realizarse en una zona.

De este modo, se limitan los usos en las cercanías de lugares de nidificación de especies protegidas y se prohíbe cualquier actuación durante las épocas de cría.

Los terrenos son clasificados en distintas categorías, que marcan las posibilidades de edificación en ellos y los usos de todo tipo, incluidos los agrícolas y ganaderos, que pueden ser restringidos o incluso prohibidos. También se definen los sistemas de cerramiento de las fincas y la superficie mínima de la explotación para edificar naves o viviendas.