Los registradores extremeños emitieron el año pasado más de un centenar de alertas por posible blanqueo de capitales. En total, con datos contabilizados hasta mediados de diciembre pasado, se habían producido 101 avisos, 40 de ellos procedentes de los registros mercantiles y 61 de los de la Propiedad. Todas estas comunicaciones fueron remitidas al Centro Registral Antiblanqueo del Registro de (CRAB), un órgano especializado puesto en marcha por el Colegio de Registradores. Allí se analizan estas alertas y, si sus analistas aprecian sólidos indicios de blanqueo, los expedientes se remiten al Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales (Sepblac), dependiente de Ministerio de Economía.

De acuerdo a la legislación en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, los registradores españoles son sujetos obligados a colaborar en la prevención de estos delitos, «exactamente igual que amplios sectores de la sociedad civil», precisa José Miguel Masa, director del CRAB. En este sentido, el papel de los registradores consiste en detectar indicios de estos delitos en los asientos que practican. De entre los sujetos obligados, este colectivo es el único que no tiene deber de abstenerse en la realización de la operación que crean sospechosa, sino que deben practicar el asiento registral correspondiente y, una vez realizado, iniciar el procedimiento adecuado. «No hacerlo así pondría en riesgo la seguridad jurídica por meras sospechas, siendo sus consecuencias enormemente perjudiciales para la economía del país y generando un importante déficit en el estado de derecho», esgrime este registrador mercantil cacereño.

En Extremadura hay 32 registros de la propiedad (19 en la provincia de Badajoz y 13 en la de Cáceres); y dos mercantiles y de bienes muebles (uno en cada una de ellas). Su importancia a la hora de combatir el lavado de dinero o la financiación del terrorismo deriva de tres factores.

El primero de ellos, arguye Masa, se refiere al instrumento que utilizan las organizaciones criminales para canalizar estas operaciones «de una manera opaca, esto es, ocultando las personas físicas que ejercen el control. Ese instrumento de opacidad son las personas jurídicas en general y, especialmente, las formas societarias», afirma. Entre estas últimas estarían las sociedades en cascada, las durmientes o las domiciliadas en paraísos fiscales o países no cooperantes, que impiden conocer a la persona que controla el entramado delictivo. En los registros mercantiles españoles hay inscritas alrededor de 3,3 millones de sociedades, lo que supone cerca de diez millones de titulares reales, cifra que da idea de «la relevante función que el sistema registral español tiene como instrumento para controlar estas operaciones ilegales».

Además, subraya el director del CRAB, la relevancia de la actuación registral en esta materia se verá incrementada en el momento en el que se incorpore al derecho español la Cuarta Directiva Europea que regula la identificación de los titulares reales de las sociedades a través de los registros mercantiles o de sociedades de los diversos países europeos. «Si a esto añadimos la interconexión de todos los registros mercantiles europeos para el suministro de información, lo que ya es una realidad operativa, creo que la relevancia de nuestra colaboración en la lucha contra estos delitos es evidente», agrega.

BIENES INMUEBLES / El segundo elemento que determina el importante papel de los registradores a la hora de combatir estas actividades ilícitas se deriva del hecho de que el control de la riqueza inmobiliaria, tanto rustica como urbana, se realiza a través de los registros de la propiedad. Los volúmenes de dinero que se mueven mediante el blanqueo «son cuantiosas por lo que se requieren bienes que, por su valor y volumen de transacciones, puedan absorber esas grandes cantidades de dinero y, naturalmente, los bienes inmuebles son idóneos para absorber esas tremendas inversiones», tanto por su alto valor como por su estabilidad. Esta circunstancia se acentúa en España por el hecho de ser un importante destino turístico, elemento que juega a favor de la revalorización y rentabilidad inmobiliaria, y que «estimula su carácter de destino preferente de inversión por parte de los grupos criminales». Por este mismo motivo, argumenta, «el boom inmobiliario supuso grandes y rápidos movimientos en el mercado propiciando un estímulo para las inversiones realizadas con fondos procedentes de actividades lícitas e ilícitas».

En tercer lugar, Masa cita las operaciones con bienes muebles. Aunque estos no tienen la misma relevancia que las operaciones inmobiliarias, «se observa que, en los últimos tiempos, determinados bienes muebles son objeto de inversiones procedentes de delitos subyacentes de blanqueo de capitales», cuenta José Miguel Masa. De esta forma, la compraventa de barcos de lujo o de transporte de mercancías de gran tonelaje, coches de alta gama, aviones privados, obras de arte de alta cotización, pueden encubrir también actuaciones ilícitas.

Para facilitar la detección de operaciones sospechosas, tanto los registradores como los empleados de los registros tienen a su disposición una relación de conductas, comportamientos, transacciones y operaciones susceptibles de estar vinculadas al blanqueo de capitales o con la financiación del terrorismo. «No se trata de una lista que enumere todos los posibles casos de operaciones vinculadas con el blanqueo de capitales y tampoco implica que las operaciones incluidas hayan de estar necesariamente vinculadas al mismo. En ocasiones, una sola operación individual de las que figuran en la relación no será, por sí misma, suficiente para levantar sospecha o motivar nuevas investigaciones internas», destaca Masa. No obstante, cualquier combinación de «la distinta casuística» que recoge este listado puede corroborar la sospecha de existencia de estas actividades ilícitas. «Cada caso deberá analizarse para poder decidir si se debe informar en base a tales sospechas», concluye.

SUPUESTOS MÁS HABITUALES / En el caso de los registros de la propiedad, algunos supuestos concretos que pueden dar pie a la sospecha, detalla Masa, son transmisiones inmobiliarias o constitución de derechos reales en los que concurra que los intervinientes estén vinculados a paraísos fiscales o territorios no cooperantes —ya sean nacionales o residentes— o bien «los medios de pago o garantías utilizadas procedan de dichos territorios. También encontramos cancelaciones anticipadas de préstamos hipotecarios, u operaciones en las que se solicita el fraccionamiento de pago en un corto periodo de tiempo, con cuantía económica importante y sin constituir garantías del precio aplazado, entre otras».

Por lo que atañe al ámbito mercantil, añade, es frecuente detectar «la constitución masiva de sociedades en un período corto de tiempo con coincidencia de los socios, ya sean persona física o jurídica, constituciones o ampliaciones de capital social con capital en efectivo en las que figuren como socios personas físicas o entidades que pudieran inducir a sospecha por su falta de idoneidad para pertenecer a sociedades mercantiles o también el uso de sociedades con hoja registral cerrada».

En cualquier caso, en un elevado porcentaje de las ocasiones, situaciones que no se corresponden con estos supuestos indiciarios, o solo lo hacen parcialmente, pueden hacer recelar a los registradores «por mostrar una falta de correspondencia ostensible con la naturaleza, volumen de actividad o antecedentes operativos, sin que se aprecie justificación económica o profesional para la realización de dichas operaciones».

Una vez que el expediente es recibido en el CRAB, sus analistas lo examinan, «complementan datos acudiendo a fuentes colegiales y externas» y, si ven que los indicios de blanqueo son sólidos, lo remiten al Sepblac quien lo tramitará conforme a sus procedimientos. De las más de 13.100 alertas que saltaron en todos los registros españoles en el 2017 -con datos de los primeros diez meses del año—, 140 acabaron en este servicio especializado. El resto se archivan a la espera de que puedan aparecer nuevos indicios.

A juicio de Masa, «es evidente que la sociedad civil se encuentra cada vez más implicada en la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo». En el campo registral, resalta, «nos encontramos ahora más preparados para detectar posibles operaciones sospechosas que hace unos años. La creación del Centro Registral Antiblanqueo en 2016 y los planes de formación continua han producido un efecto de concienciación y entendimiento que se ha visto reflejado tanto en la detección como en la calidad de las comunicaciones realizadas».

Una preparación que se hace más necesaria que nunca una vez que «la realidad a la que nos enfrentamos es que el blanqueo de capitales se ha convertido en una actividad tecnificada, ya que las organizaciones criminales deben «reconvertir» tal cantidad de fondos que necesitan contar con personas altamente cualificadas en todos los sectores susceptibles de utilización, económicos y sociales, penetrando incluso en la vida sociopolítica de la comunidad», esgrime.

Además de estas alertas, los registradores españoles respondieron entre enero y octubre pasados a cerca de 400.000 informaciones solicitadas por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, los servicios de inteligencia, el Sepblac o el Banco de España y la CNMV, así como por las autoridades judiciales como el CGPJ, el Tribunal Supremo, los tribunales superiores, fiscalías y juzgados en relación a la lucha contra el blanqueo de capitales.