El nuevo reglamento amplía los periodos de vigencia de los permisos y licencias de conducción, conforme a la directiva europea, que impone un periodo de vigencia común para todos los países comunitarios. De esta forma, los permisos para motos (AM, A1, A2 y A, así como las licencias para vehículos especiales y ligeros) se renovarán cada 10 años hasta que el conductor cumpla los 65; a partir de esa edad será cada cinco años.

Los permisos profesionales (BTP --taxis, transporte escolar--, C1 --vehículos de entre 3.500 y 7.500 kilos--, C --vehículos de hasta 9 plazas-- y D --transporte de personas en vehículos de más de 9 plazas--) se renovarán cada cinco años hasta alcanzar la edad de 65 y, a partir de ahí, cada tres años.