La empresa extremeña Gévora Construcciones y su filial Asfaltos Los Santos han sido sancionadas con multas de 5,3 millones y 100.000 euros, respectivamente, por llegar a acuerdos con otras compañías del sector para repartirse y fijar los precios en la licitación de obras de rehabilitación de carreteras.

El expediente sancionador de la Comisión Nacional de la Competencia afecta a 47 empresas. Este organismo público ha fijado multas que suman un montante total de 47 millones de euros. Las más castigadas son Gévora Construcciones, Hormigones Martínez (de Alicante) y Caminos y Asfaltos (de Valladolid), que tendrán que hacer frente al pago de más de cinco millones de euros cada una de ellas. Otras dos compañías han sido multadas con más de dos millones: Elsan, que tiene delegaciones en varias provincias --entre ellas Badajoz-- y la salmantina PAS Infraestructuras y Servicios. El resto de las sanciones son inferiores --la más baja es de 95.000 euros--.

La investigación de la CNC afecta a 14 licitaciones, una promovida por la Junta de Castilla y León y otras 13 del Ministerio de Fomento. En el caso de Gévora Construcciones se ha investigado la concesión de la rehabilitación del firme de la carretera N-501, entre Avila y Salamanca. El concurso, celebrado en el 2009, se adjudicó por 5,2 millones de euros. También están bajo sospecha otras obras en las que participaron la empresa extremeña y su filial, como el refuerzo del firme de la N-110 (Plasencia-Soria).

La investigación del expediente partió de una denuncia en el año 2010 y afectaba fundamentalmente a licitaciones públicas convocadas por el procedimiento restringido entre los años 2008 y 2009. En este tipo de procedimientos, la Administración marca un presupuesto de referencia y las empresas seleccionadas deben presentar sus ofertas, indicando la baja que están dispuestas a realizar.

Según los hechos acreditados por la CNC, las empresas sancionadas mantenían contactos y se reunían para intercambiar información sobre las bajas que tenían previsto presentar. A partir de ahí, acordaban cuál sería el importe de la propuesta ganadora así como del resto de las ofertas. Estas bajas --que oscilaban entre el 1 y el 6%-- resultaban mucho menores de las que se observaban en condiciones competitivas --entre el 15 y el 30%--. De esta forma la empresa ganadora obtenía la obra a costa de que la Administración pagase un precio mayor y después compensaba económicamente al resto de competidores. Competencia estima que el perjuicio ocasionado a los contribuyentes, a través del encarecimiento de las adjudicaciones, supera los 14 millones de euros.

LAS PRUEBAS

Una de las principales pruebas en las que se fundamenta la resolución es la evidencia de los pagarés emitidos entre las empresas ahora sancionadas. Este tipo de prácticas se conoce como bid rigging (intento de amaño) y constituye una de las conductas anticompetitivas más graves.

La Dirección de Investigación de la CNC ha constatado que sólo en ocho de las catorce subastas restringidas la conducta ilícita perseguida ha ocasionado un perjuicio al erario público --por valor de más de 14 millones de euros--. Además destaca que esta práctica supone una distorsión del funcionamiento de los mercados de la obra pública y puede afectar a los precios de referencia del resto de concursos.

La sanción no es firme y cabe recurso ante los tribunales de lo Contencioso-Administrativo.