Dos años es "un periodo de tiempo suficiente para que la Administración pueda generar los mecanismos necesarios que le permitan afrontar la cobertura de una plaza". Con este argumento, el Servicio Extremeño de Salud (SES) justifica la decisión de rebajar la posibilidad de prolongar la actividad de los profesionales sanitarios de los 70 a los 67 años (habitualmente solo los facultativos optan por prolongar su actividad). Aún así se permite mantener el servicio activo hasta los 70 años únicamente para aquellos casos en que de forma motivada se justifique que existen necesidades asistenciales.

Así se establece en la resolución publicada en el Diario Oficial de Extremadura el pasado viernes por la que se levanta la suspensión del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SES que apenas estuvo vigente tres meses y fue suspendido el pasado verano tras la llegada del nuevo gobierno regional.

El principal motivo fue el desacuerdo en uno de los apartados del plan, el relativo a la jubilación y la prolongación en el servicio activo de los profesionales que ha sido el único que ha modificado el SES. "Conllevaba un efecto que se entendió que no era favorable ni para los profesionales sanitarios ni para la Administración, por lo que fue necesario proceder a su suspensión para volver a revisarlo y darle un enfoque más adaptado a las circunstancias", argumenta el SES en esta última resolución. Los cambios fueron aprobados en Mesa Sectorial con los votos favorables de cuatro de los seis sindicatos.

Con la jubilación voluntaria a los 67 años, que no estaba contemplada hasta ahora, la administración sanitaria pretende aunar dos circunstancias: la cobertura de las necesidades asistenciales y las expectativas de los nuevos titulados.

Además de que la edad de jubilación forzosa será en el 2027 a los 67 años, según la nueva Ley General de la Seguridad Social, "una proyección a futuro demuestra que hay determinadas categorías o especialidades en las que la cobertura de las plazas que queden vacantes por jubilación de sus propietarios va a ser muy difícil, bien por escasez de profesionales de la misma categoría o especialidad o por las circunstancias coyunturales de formación o experiencia que reúna esa plaza, servicio o unidad en sí", señala. Por esto, se requiere que la Administración pueda dotarse de un instrumento que le habilite un ámbito temporal para poder afrontar la cobertura de las necesidades --ese ámbito temporal será de dos años (de los 65 a los 67)--.

Pero además, "esto hay conjugarlo con las expectativas que las nuevas generaciones de profesionales formados tienen de trabajar en nuestro servicio de salud y que no pueden verse mermadas únicamente por la voluntariedad de seguir en activo de profesionales que reúnen ya la edad de jubilación forzosa", justifica el texto.

El Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SES, con la últimos cambios introducidos aprobados, entrará en vigor a partir del 1 de septiembre.