MADRID

J La circular 1/2002 sobre ordenación de la visita médica fija en Atención Primaria un máximo de tres días de visita a la semana, cinco laboratorios o divisiones farmacéuticas por día y un visitador médico por laboratorio. Cada laboratorio podrá realizar cuatro visitas anuales por centro.

COMUNIDAD VALENCIANA

J Una orden de 2004 establece que el colectivo regional de informadores técnicos sanitarios presentará bimestralmente el calendario de visitas a las direcciones de Atención Primaria y Hospitalarias, que deberá aprobarlo. La visita se ha de desarrollar en un horario que no interrumpa el funcionamiento de actividades asistenciales y los delegados deberán ir debidamente acreditados.

CASTILLA LA MANCHA

J Una circular de 2003 prohíbe expresamente la visita «en consultas y en horario de consultas». Establece que las visitas deberán ser colectivas, para todos los facultativos interesados, que no podrán rebasar los 10 minutos por laboratorio y que la entrega de muestras tendrá «carácter excepcional» y deberá limitarse a 10 por año y facultativo durante un plazo máximo de dos años desde que se autorizó el fármaco.