La juez del juzgado de Instrucción número 1 de Olivenza, Pilar Sánchez-Baña Rodero, ha sobreseído a los 13 concejales y exconcejales socialistas del Ayuntamiento de Olivenza de las dos legislaturas comprendidas entre los años 1999-2007, entre ellos el anterior alcalde de la ciudad, Ramón Rocha y el actual director general de la Junta José Luis Andrade Piñana, de los delitos de prevaricación, tráfico de influencias, fraude y exacción ilegal, y un delito contra los derechos cívicos, de los que venían siendo acusados por el Ministerio Fiscal y por el PP, que se había personado en la causa como acción popular. Estos delitos tenían relación con la cesión de 65.000 metros cuadrados de suelo público para construir en ellos la imprenta Lusográfica.

Fuentes conocedoras del procedimiento han informado a este periódico que el auto de sobreseimiento "es muy técnico y prolijo", y que no hay notificación oficial del mismo hasta el próximo lunes --primer día hábil para el Juzgado, toda vez que hoy es festivo en Olivenza--, si bien se ha comunicado ya a las partes personadas a través de la intranet de la Administración de Justicia. El abogado que representa los intereses de los querellados, José Luis Galache, ha rehusado hacer manifestaciones sobre la decisión de la juez. "Supongo que mis representados hablarán el lunes, cuando se conozca oficialmente el sobreseimiento. Hasta entonces no vamos a decir nada. Es la decisión que tomamos desde el principio de este asunto. No queríamos que se convirtiera en un elemento más del ruido político y mediático, que entorpece la labor de la justicia", ha dicho Galache.

El caso Lusográfica viene siendo investigado por la juez Sánchez-Baña desde el verano del 2010. El 26 de noviembre emitió una providencia para citar en calidad de imputados a los 13 concejales y exconcejales citados. Además, en calidad de testigos han pasado por el juzgado el exsecretario del Ayuntamiento de Olivenza en el año 2001, cuando se inició el procedimiento relacionado con Lusográfica. Esta empresa presentó suspensión de pagos en el verano del 2009. Desde entonces está prácticamente inactiva.

INVESTIGACIÓN AL PP

El sobreseimiento del caso, que es provisional habida cuenta de que cabe recurso de reforma ante el propio juzgado y de apelación ante la Audiencia Provincial, no ha impedido a la juez que continúe con las diligencias para investigar si el Partido Popular habría incurrido en vulneración de secretos al haberse difundido el pasado 18 de febrero la providencia del 26 de noviembre en que la juez citaba a los 13 imputados. Como ya informó este diario el pasado día 4, la juez quiere saber si hay una relación causa-efecto entre la aprobación de la personación en el caso del PP, como acción popular, y la difusión de la citada providencia, toda vez que la personación y la difusión se produjeron el mismo día, el pasado 18 de febrero, y con escasas horas de diferencia. La juez citó a los abogados del PP para que declararan por este asunto. Según ha sabido este periódico, estos afirmaron no conocer cuál ha sido el origen de la filtración y ahora la juez ha pedido al propio partido que le informe sobre ello. Si finalmente estima que ha habido una vulneración del secreto le sería de aplicación el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece una sanción que, en todo caso, es simbólica y que todavía está reflejada en pesetas en el texto legal: entre 250 y 2.500 (entre 1,5 y 15 euros).