ORDINARIAS

  • Son aquellas en la que se integran los opositores que no obtienen plaza en propiedad a pesar de haber superado todos los ejercicios de una oposición. Para formar parte de esta lista el aspirante como mínimo debe aprobar la primera parte del primer ejercicio si opta a su especialidad o las dos primeras parte si es una especialidad distinta a la que es titulado.

SUPLETORIAS

  • Es un listado nuevo que la Consejería de Educación creará con aquellos que los deseen y se hayan quedado fuera de las listas ordinarias porque no hayan superado ni siquiera el primer ejercicio.

EXTRAORDINARIAS

  • Eran la última vía para encontrar interinos y seguirán siéndolo. La novedad es que el nuevo decreto contempla que será necesario superar una prueba que hasta ahora nunca ha existido.