El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso promovido por el presidente del Gobierno contra la reforma fiscal extremeña, recogida en una ley aprobada por la Asamblea el pasado 14 de noviembre. El recurso estatal, cuya admisión supone la paralización temporal de la aplicación de la norma, cuestiona tres puntos del texto legal.

En concreto, alude al objeto del impuesto de solares (artículo 1) al considerar que supone una doble imposición, prohibida por ley, ya que los terrenos urbanos ya están gravados por el Impuesto de Bienes Inmuebles.

También se pone en tela de juicio la desgravación de 120 euros en el IPRF para quienes ingresen menos de 15.000 euros al año (artículo 4.2), ya que el Estado considera que la Junta ha sobrepasado sus competencias en materia de tributos cedidos.

Finalmente, el recurso cuestiona el impuesto suplementario en las actas de finalización de obra, con un tipo del 0,5%, que se añadiría en Extremadura a lo que ya hay que pagar por Actos Jurídicos Documentados en la declaración de obra nueva.

Estas objeciones ya se recogieron en el preceptivo informe que el Consejo Económico y Social emitió sobre el proyecto legal, y que no fueron tenidas en cuenta por el Ejecutivo regional. Así, se cuestionó la deducción del IRPF por suponer una minoración del impuesto y el gravamen a la finalización de obra por ser una doble imposición.