El Tribunal Económico-Administrativo Regional ha concedido a una madre lesbiana el derecho a la deducción por maternidad después de que la Tesorería General de la Seguridad Social de Mérida se la denegara porque no fue ella sino su pareja quien dio a luz a su hijo. La Fundación Triángulo ha dado a conocer esta mañana el fallo junto a las afectadas y señala que en estos momentos está tramitando otras dos denuncias, también en Mérida.

En uno de los casos, a la mujer se la concedió la prestación y tras cobrarla durante seis meses, se le puso una multa y se le obligó a devolver las cantidades. "Desde el primer momento sabíamos que era discriminatorio y que la ley está de nuestra parte", ha apuntado la coordinadora del Área de Familias de la Fundación Triángulo, Silvia Tostado.

La deducción por maternidad es una ayuda que concede el Gobierno central a las madres trabajadoras y puede cobrarse desde el nacimiento del bebé hasta los tres años. Se trata de una bonificación de 1.200 euros anuales en el IRPF, aunque también se puede percibir mensualmente (100 euros) por adelantado. Tostado y el letrado que ha llevado el caso, Fernando Gómez, de Qualit Abogados, han explicado que las tres únicas condiciones para beneficiarse de esta ayuda son ser mujer, estar dada de alta y tener un hijo menor de tres años, requisitos que en el caso de María Moruno e Inmaculada García se cumplían. Aunque las dos son mujeres solo tienen derecho a una prestación, pero pueden cobrarla de forma alterna.

La pareja decidió que fuera María la beneficiaria y cuando fue a solicitarla a las oficinas de la Seguridad Social en Mérida se la denegaron porque el funcionario entendió que ella no era la madre del pequeño Miguel, nacido el 29 de diciembre de 2015 mediante el denominado ‘método ROPA’ (una de las mujeres de la pareja aporta el óvulo, en este caso María, y la otra gesta al bebé). “Estamos muy contentas con esta resolución por lo que ha conllevado, porque hace tres años nos dijeron que no éramos una familia y a mí no se me reconocía el derecho a ser madre”, ha señalado María en rueda de prensa.

Ellas solicitaron la prestación en 2016 y tras tres intentos fallidos decidieron denunciar su caso en 2017. Ahora, el fallo del Tribunal Económico-Administrativo (es un órgano administrativo, paso previo a la vía judicial) les reconoce el derecho en un fallo dictado el 30 de abril y según el letrado, ya no será necesario acudir a los tribunales porque la Agencia Tributaria ha acogido “favorablemente” la resolución. No obstante, Gómez ha explicado que sí están explorando si con la negativa a esta pareja “se hubiese cometido alguna irregularidad” y las afectadas también valoran “hacer valer en los tribunales el daño moral que han sufrido”.

Según Silvia Tostado, otras parejas lesbianas de la región han recibido esta prestación sin ningún problema. De hecho, solo se ha apreciado “cierta resistencia” a las madres lesbianas no gestantes en las oficinas de Mérida, lo que a su juicio pone de manifiesto que es consecuencia del “criterio personal” del funcionario en cuestión y el responsable que ha supervisado la decisión. Tal es así que a María Calle, madre de otra de las tres familias afectadas, se le retiró la ayuda que estaba cobrando por su hija mayor y se le puso una multa cuando fue a solicitar la deducción por el nacimiento de su segundo bebé. “Por algún motivo se me estaba diciendo que yo no eran tan madre de mi segunda hija como de la primera”, ha señalado María, cuyo caso aún no se ha resuelto.

Tostado detalla que el fallo del Tribunal Económico-Administrativo es el primero de este tipo en Extremadura (en Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía sí hay sentencias judiciales previas similares) y confía en que sirva para marcar el criterio a seguir, ya que a las afectadas se les respondía cuando reclamaban que no existía jurisprudencia anterior en este sentido. Ahora, las afectadas podrán cobrar la ayuda con los intereses de demora incluidos, pero tanto para ellas como para la fundación lo importante no es lo económico, sino el reconocimiento de un derecho que antes se ha negado. “Las maternidades no pueden ir seguidas de un apellido, basta ya de hablar de madres biológicas, gestantes o adoptivas porque se está metiendo en las cabezas de los hijos que en nuestras familias hay roles diferentes”, ha apuntado Tostado.

Tras hacer público el fallo del Tribunal Económico-Administrativo, la fundación Triángulo ha acudido con las afectadas a las oficinas de la Seguridad Social en Mérida para registrar un escrito en el que muestran su malestar por lo ocurrido y abogan por la igualdad y la diversidad de las familias.