El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia que obliga a la Junta de Extremadura a devolver 11,7 millones de euros a Iberdrola del impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente, correspondiente al ejercicio 2009, han informado fuentes del alto Tribunal.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha desestimado el recurso de casación que interpuso la Junta contra la sentencia que dictó en abril del pasado por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), la cual confirma en sus propios términos.

El fallo del TSJEx estimó el recurso contencioso-administrativo promovido por Iberdrola contra la resolución adoptada por el Gobierno regional en abril de 2012.

Esta última estimaba que no había lugar a las reclamaciones acumuladas instadas por Iberdrola frente a la desestimación presunta -después expresa- de la solicitud de devolución de ingresos indebidos y rectificación de la autoliquidación del impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente, correspondiente al ejercicio 2009, por importe de 11,7 millones de euros, según han explicado las mismas fuentes.

La Sala de instancia anuló dichos actos administrativos y condenó a la Junta de Extremadura a devolver a Iberdrola la indicada suma, más los correspondientes intereses de demora.

En este proceso se ha tenido en cuenta una decisión del Tribunal Constitucional emitida en 2015, que declaró inconstitucionales varios artículos de la Ley extremeña 7/1997 de Medidas Fiscales sobre producción y transporte de energía que incidan sobre el Medio Ambiente.

"Siendo inconstitucionales los preceptos legales que dieron cobertura a la autoliquidación discutida -señala el Supremo-, su nulidad resulta indiscutible, procediendo, como ha ordenado el Tribunal Superior de Justicia, reintegrar a Iberdrola la suma que ingresó en las arcas públicas de la Junta en concepto de impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente del ejercicio 2009, más sus intereses legales", han explicado desde el TS.