El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha declarado nulo el nombramiento de Inmaculada Bonilla Martínez como directora del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios (Epesec) por «no cumplir las bases de la convocatoria» ni estar «motivado», según el PP. La portavoz del Grupo Popular en la Asamblea, Cristina Teniente, ofreció ayer una rueda de prensa para informar del contenido de esta «demoledora» sentencia, con fecha 17 de mayo, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx, tras la denuncia a instancias de otra persona que concurrió a este «concurso público.

El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó en julio del 2017 el acuerdo por el que se nombraba a Bonilla, exalcaldesa socialista de Táliga (Badajoz), como directora de Epesec, encargado de «la gestión de los comedores y transporte escolar, y actividades extraescolares».

Ahora, según Teniente, el máximo órgano judicial extremeño lo declara nulo «por no cumplir las bases de la convocatoria y por no estar la decisión motivada, ni la valoración de los méritos, ni la experiencia profesional, ni la entrevista, ni el proyecto de dirección que presenta la exregidora socialista para ese puesto».

SALTARSE LOS PRINCIPIOS / La diputada del PP añadió que es nulo»por saltarse los principios de igualdad, mérito y capacidad, porque falta adecuación profesional» para dicho puesto y por saltarse la Ley de Función Pública y el Estatuto Básico del Empleado Público.

En su opinión, es una sentencia que «abochorna» pues dice «textualmente» que no se ha hecho el más mínimo intento de razonar el otorgamiento de las puntuaciones» a Bonilla para recibir este puesto, «ni cuando debió hacerse, antes del nombramiento, ni después al responder en la demanda».

Además, «no se acredita la experiencia profesional», hasta el punto de que, precisó, la Junta puntúa como tal para «un puesto técnico en la administración, sus años de alcaldesa, diputada provincial y de un puesto eventual» cuando eso está «expresamente regulado y prohibido por la Ley de Función Pública y el Estatuto Básico del Empleado Público».

La sentencia señala que las puntuaciones en la entrevista y en el proyecto de dirección que presenta la exalcaldesa del PSOE están «inmotivadas», algo que se tenía que haber hecho «con detalle y precisión» y los fundamentos de la propuesta «debían haber quedado perfectamente acreditados en el expediente y no se hace».