El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) anula parte de la ordenanza fiscal de 17 municipios de la región, 13 de la provincia de Badajoz y 4 de Cáceres, que cobraban una tasa a compañías móviles por el uso de instalaciones a terceros.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx dicta 17 sentencias en las que anula varios artículos de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por uso privativo de espacios de dominio público de los municipios.

La Sala ha aplicado en todos los casos la jurisprudencia creada por el Tribunal Supremo en el caso del también municipio pacense de Santa Amalia de octubre de 2012.

Así, indica que no es posible gravar con una tasa municipal a empresas de telefonía móvil "cuando su uso del dominio público se limita a utilizar instalaciones de terceros".

Las compañías que han interpuesto las demandas son France Telecom, Vodafone España y Telefónica Móviles España. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante esta misma Sala.

Los municipios que deberán anular la tasa son los pacenses: Campillo de la Serena, La Parra, Rena, Aljucén, Talarrubias, Don Benito, Calamonte, Villar de Rena, Alange y Cordobilla de Lácara.

En la provincia de Cáceres los municipios demandados han sido: Plasencia, Mirabel, Miajadas y Garrovillas de Alconétar.

Estas sentencias se suman a las ya dictadas por el TSJEx que anulaban dicha tasa en los municipios de la provincia de Badajoz de Baterno, La Roca de la Sierra y Santa Marta de los Barros.

El TSJEx anula los artículos 2, 3, 5 y 8 de la ordenanza en cuanto incluyen a las empresas de telefonía móvil aunque no sean titulares de las antenas, instalaciones o redes que materialmente ocupan el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, por no ser conformes a derecho.