El Ayuntamiento de Monesterio no es responsable del accidente ocurrido en el casco urbano en el que perdió la vida un motorista, y, por tanto, no tendrá que pagar indemnización alguna a la familia. Así lo resuelve la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx, que ha estimado el recurso interpuesto por el consistorio contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Badajoz, que con fecha 25 de febrero del año pasado resolvió en su contra.

Al desestimar el ayuntamiento la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por los padres del joven fallecido, estos recurrieron a la justicia. El Juzgado de Badajoz les dio la razón, consideró que al haberse producido el accidente "en una zona (barranco) que el ayuntamiento debería haber tenido cortada o señalada correctamente", de la muerte era responsable el ayuntamiento, y condenó a este a pagarles una indemnización de 140.000 euros por el fallecimiento y 30.000 euros por los daños morales causados.

El ayuntamiento, en desacuerdo, la recurrió ante el TSJEx, cuya Sala de lo Contencioso resuelve ahora, en base a las pruebas aportadas sobre el accidente, que "no es la existencia del barranco y correlativamente su falta de señalización la causa del fatal accidente, sino que lo fue el circular por un lugar inadecuado para ello".