El complejo Marina Isla de Valdecañas se libra de la demolición y seguirá en pie. El TSJEx considera que es materialmente imposible ejecutar las dos sentencias de derribo (del TSJEx y del Supremo) que pesan sobre el resort turístico declarado ilegal y ordena una demolición parcial que no afectará a las infraestructuras que ya están construidas y en funcionamiento: 185 chalés, un hotel de 80 habitaciones, un club social, un campo de golf de 18 hoyos, zonas de baño e instalaciones deportivas (pistas de tenis, pádel, una marina con 76 atraques...). La piqueta entrará finalmente en el complejo, pero solo para derribar las edificaciones que no están terminadas: villas a medio construir (había proyectadas un total de 565, de las que varaos estaban en obras cuando se ordenó la paralización) y el esqueleto de lo que iba a ser el segundo hotel de la isla, de 5 estrellas. También ordena la demolición de las oficinas de la promotora y de la vivienda piloto y prohíbe cualquier nueva construcción en la isla (además de más chalés y el hotel había proyectado un pequeño centro comercial frente al único hotel abierto).

El derribo de numerosas segundas residencias para los más pudientes (cada chalé ronda los 500.000 euros) que se quedaron a medio construir deberá realizarse de forma «ordenada y programada» causando el menor perjuicio posible para el medio ambiente y esas zonas deben someterse a un proceso de regeneración de bosque mediterráneo, creando un entorno similar a los protegidos en la zona ZEPA. Y todo ello deberá estar recogido en un plan que la Junta tiene que aprobar en un plazo máximo de seis meses y que estará controlado por el TSJEx. A partir del sexto mes comenzarán las actuaciones de adjudicación (a alguna empresa pública o privada) para efectuar la demolición y restauración.

Ese plan de la Junta también debe contener medidas para eliminar y minimizar la posible afectación al medioambiente que se pueda producir por la actividad humana y obliga a que haya al menos dos agentes o guardas permanentes en la zona «que controlarán el cumplimiento del plan». También se ordena a poner en marcha las estaciones depuradoras de la urbanización y de sus dos términos municipales, El Gordo y Berrocalejo.

El litigio le costará 500.000 euros a la Junta

Por último, el fallo también condena a la Junta de Extremadura a abonar 250.000 euros a cada una de las dos organizaciones denunciantes (Ecologistas en Acción y Adenex) por la dilación del proceso y imposibilidad de ejecutar al completo las dos sentencias de derribo ganadas. El conflicto le costará finalmente a la administración apenas 500.000 euros, lo mismo que cuesta cada villa, y la mitad de este dinero se deberá destinar a fines medioambientales en la región. No hay imposición de costas.

Esta es la decisión final, tomada por unanimidad, de los seis magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TJSEx, tras más de una década de litigio en torno a este polémico complejo construido en una zona protegida de forma ilegal. Y a estas conclusiones llega basándose principalmente en tres argumentos. Por un lado, señala que derribar la urbanización al completo tendría un «elevado» coste económico para la Junta de Extremadura, que cifra en 145 millones. Calcula que 33,9 millones costaría el derribo y a eso habría que sumar otros 111 millones de euros para el pago de indemnizaciones a los propietarios de las viviendas de la isla (cerca de 600.000 euros a cada uno). Estima además que estos pagos pudieran repercutir en todos los extremeños «que tendrían que hacer frente con sus tributos al sostenimiento de las indemnizaciones» en un momento además de «terrible incertidumbre económica por los efectos derivados de la crisis sanitaria», señala el auto.

No hay daño para el medioambiente

El segundo argumento es que mantener lo ya construido y en funcionamiento no daña al medioambiente, aunque no elude que su construcción sí afectó «negativamente» a la ZEPA. En este sentido también alude al informe de la Estación Biológica de Doñana que aboga por el derribo total, pero concluye que la isla no era una zona libre de presencia humana antes del complejo y que sus 134 hectáreas obtuvieron la calificación de zona protegida dentro de un espacio más amplio y no porque sus terrenos tuvieran valores naturales significativos sino por la lámina de agua formada por el embalse de Valdecañas. Y en tercer y último lugar aduce los beneficios socio-económicos que ha tenido la construcción en las zonas rurales donde se asienta, El Gordo y Berrocalejo.

Con todos estos argumentos el TSJEx defiende ahora que no es posible cumplir con aquella primera sentencia que este mismo tribunal dictó en el 2011 y que obligaba a devolver la isla a su estado original tras considerar ilegal el Proyecto de Interés Regional de Valdecañas. La ilegalidad sigue estando ahí, pero a la hora de ejecutar el fallo señala que intenta equilibrar los intereses en conflicto y tiene en cuenta el principio de proporcionalidad «que expresa la necesidad de una adecuación o armonía entre el fin de interés público que se persiga y los medios que se empleen para alcanzarlo». No se trata, dice, de incumplir el fallo de las sentencias sino de dar un cumplimiento posible y eficaz al mismo.

Contra el auto es posible presentar recurso de reposición y así anunciaron ayer que lo harán las dos organizaciones ecologistas, que se niegan a cerrar el conflicto urbanístico tras más de una década de litigios.

Casi 13 años en los tribunales

El complejo turístico Marina Isla de Valdecañas nació con polémica. Fue en el 2007 cuando se dio el visto bueno a su construcción. Ese año la Asamblea de Extremadura aprobó, con los votos a favor del PSOE y del PP (los únicos partidos que ocupaban todos los escaños) que Isla de Valdecañas fuera un Proyecto de Interés Regional (un PIR). Eso permitió recalificar los terrenos donde se iba a levantar el resort turístico, ya que hasta entonces estaban catalogados como Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) donde no se podía construir porque era un lugar no urbanizable. Pero tras la aprobación del PIR, en ese mismo año se iniciaron las obras de construcción sobre algo más de 130 hectáreas de terreno protegido.

Poco tiempo después de iniciarse los primeros movimientos, fueron las organizaciones Ecologistas en Acción y Adenex las que iniciaron la batalla judicial y llevaron hasta los tribunales esta construcción que consideraban ilegal por estar en una zona incluida en la Red Natura 2000.

El conflicto se estudiaba en los tribunales mientras las obras avanzaban y en el 2010 se abrió la parte del complejo ya construida. Ya había chalés vendidos y el hotel empezaba a funcionar. Y solo un año después llegó el primer varapalo. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura consideraba ilegal el PIR aprobado por la Asamblea en 2007 y daba la razón a las organizaciones ecologistas. Obligaba a reponer los terrenos ya construidos a su estado originario y las obras se paralizaron cuando ya estaba la primera fase del proyecto de construcción listo.

El siguiente paso lo dio la Junta de Extremadura que recurrió la sentencia y modificó la Ley de Suelo para permitir la urbanización de terrenos protegidas e intentar dar cobertura legal al Proyecto de Interés Regional.

El segundo varapalo vino en el 2014, cuando el Tribunal Supremo ratificó la sentencia del 2011 de TSJEx y mantenía que había que devolver los terrenos construidos a su estado original. Y devolvió al TSJEx el conflicto. En ese momento la Junta de Extremadura respondió alegando que era imposible ejecutar esas dos sentencias y demoler todo lo levantado, así que ya en el año 2015 el alto tribunal extremeño decidió encargar un estudio independiente al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) para conocer el impacto medioambiental generado por el complejo y por su posible demolición. Dicho informe tardó más de tres años en elaborarse, llegó en enero del 2019 a todas la partes y entre sus conclusiones estaba que a largo plazo tenía más perjuicios medioambientales mantener el complejo que derribarlo parcialmente. Luego hubo un periodo de alegaciones y una vista pública el pasado 12 de septiembre en la que los peritos del CSIC se ratificaron en su estudio. Y mientras tanto se resolvió otro recurso judicial referente a los cambios introdujo la Junta en la Ley de Suelo que permitieron la recalificación de los terrenos, los cuales son considerados insconstitucionales por el Tribunal Constitucional.