Incrementar la innovación, digitalización y tecnificación en el mundo agrario, apoyar cultivos que contribuyen a la fijación de CO², potenciar la biodiversidad y desarrollar prácticas que mitiguen los efectos del cambio climático resultan factores claves para el desarrollo agroganadero y el mundo rural en los tiempos que corren. Consciente de ello, la Junta de Extremadura dirige la mirada, prioritariamente, a acciones que contribuyan a salvaguardar la cohesión e inclusión social de áreas rurales, apostar por mejorar la seguridad alimentaria, crear empleo, y posicionar en una situación más ventajosa a agricultores y agricultoras.

FINANCIACIÓN / Para ello, la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio invertirá en los próximos dos años un total de 540 millones de euros en concepto de ayudas de Política Agraria Comunitaria. Este año abonará 408 millones de euros y en 2021 invertirá otros 132 millones, aportando liquidez al campo extremeño y a sectores productivos con alto potencial de crecimiento, en especial, en el campo de la agroalimentación, maquinaria agrícola, eficiencia energética y ecología.

Cumple así con los compromisos adquiridos con las organizaciones agrarias, abriendo el grifo de la financiación y concesión de ayudas del régimen de pago básico y otros pagos directos, así como para acciones enmarcadas en el Programa de Desarrollo Rural 2014/2020. También, para la actualización del Registro de Explotaciones en Extremadura, operadores, y productores integrados, así como la actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica.

Los procedimientos para solicitar y tramitar las diferentes líneas de ayudas destinadas a jóvenes agricultores y agricultoras, pequeñas explotaciones, pagos verdes, básicos y otras ayudas asociadas, cuentan con importantes novedades.

SIMPLIFICACIÓN Y FLEXIBILIDAD / Entre las modificaciones más destacadas en la convocatoria de 2020 se incluyen las novedades normativas introducidas en el Real Decreto 628/2019, de 31 de octubre, que establece como nueva referencia a tomar en las solicitudes la fecha de primera instalación de las explotaciones, lo que dota de mayor flexibilidad el acceso a estas ayudas. En el caso de las ayudas asociadas a sectores ganaderos vinculadas a derechos especiales se regula la reversión a la reserva de derechos no activados después de dos años, y desde Dirección General de la PAC se simplifican las condiciones para cumplir el requisito de agricultor activo. Además, se incorpora la posibilidad de utilizar controles por monitorización. La nueva orden unifica la fecha para exigir la titularidad de una explotación activa en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA).

Otra novedad implica la incorporación de ajustes técnicos con el fin de habilitar expresamente a la autoridad competente para realizar el tratamiento estadístico de los datos contenidos en la solicitud única de ayudas, así como de los datos que se recogen desde otras Administraciones públicas para la cumplimentación de la misma.

CULTIVOS HORTÍCOLAS Y FRUTALES / Con el objeto de restar de carga burocrática a solicitantes, también se simplifica y flexibiliza la declaración de los cultivos hortícolas y frutales al tiempo que se aclara y se ajusta su redacción. Las personas que quieran solicitar estas ayudas deberán reunir los requisitos exigidos y cumplir condiciones respecto a las superficies de barbecho que pretendan computar como superficies de interés ecológico, para mejorar así su comprensión.

Otros aspectos novedosos se dan en la valoración de condiciones artificiales ya que sólo se considerarán admisibles las superficies de barbecho con cubierta vegetal, cuando la misma proceda de un rastrojo de un cultivo del año anterior o de un barbecho sin cubierta vegetal del año anterior. En cualquiera de los dos casos se deberá realizar como actividad agraria la eliminación de malas hierbas. Podrán beneficiarse las personas titulares de las explotaciones agrarias y quienes deseen actualizar los distintos registros señalados con antelación.