El Consejo de Seguridad de la ONU aprobó el pasado 31 de julio la resolución 1696, a través de la cual exigió la suspensión de las actividades relacionadas con el enriquecimiento y reprocesamiento de uranio, incluidas las de investigación y desarrollo, en el plazo de un mes.

El texto pidió al Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA) la presentación ante el Consejo de Seguridad de un informe, el 31 de agosto, sobre si Irán ha suspendido sus actividades nucleares, y que en el caso de incumplimiento, se adopten las sanciones económicas que prevé el artículo 41 de la Carta de la ONU.