El Tribunal Constitucional de Corea del Sur falló hoy en una sentencia histórica a favor de enmendar la ley que prohíbe el aborto en casi todos los supuestos, al considerar que la norma, en vigor desde 1953, es contraria a la Carta Magna del país. En el fallo la corte consideró que la ley, que castiga con hasta un año de prisión a las mujeres que aborten, es anticonstitucional y que deberá ser enmendada por la Asamblea Nacional (Parlamento) antes del final de 2020 para que se permita el aborto en determinados supuestos durante las fases tempranas del embarazo.

El fallo considera también contrario a la Constitución el castigar a los médicos que practiquen abortos, algo que se pena en la actualidad con hasta dos años de prisión. La sentencia llega 66 años después de que la ley entrara en vigor, cuando apenas habían pasado dos meses del final de la Guerra de Corea (1950-1953).

ALGUNOS SUPUESTOS

Otra ley aprobada en 1973 abría la puerta al aborto solo en determinados supuestos, como los de incesto o violación, enfermedad contagiosa o mal hereditario de uno de los progenitores o grave peligro para la salud de la madre. Es, además, la primera vez que el tribunal se pronuncia al respecto en siete años, ya que en 2012 se mostró favorable a mantener intacta la norma a raíz de un empate en las opiniones a favor y en contra de una enmienda entre sus ocho miembros.

La decisión llega después de que un tocólogo, condenado en 2013 por practicar un aborto con el consentimiento de la mujer, presentara un requerimiento ante el Constitucional para revisar la norma. Fuera del Constitucional, en el centro de Seúl, la decisión ha sido recibida con muestras de alegría por el grupo de activistas que pedían enmendar la ley.