El Tribunal Supremo de Colombia ha afirmado que la Policía ejerce una "constante agresión", así como una "intervención sistemática, violenta y arbitraria", contra aquellas personas que se manifiestan estos días en las calles por la violencia policial, que ha dejado hasta el momento casi una quincena de fallecidos y cientos de heridos.

Se trata de una de las resoluciones más severas emitidas por el Supremo contra las fuerzas del orden colombianas, en especial contra el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD), al que acusa al menos desde 2005, de actuar de manera "impulsiva" y no "neutral" contra los manifestantes.

Agresiones permanentes

"Sus actividades no controladas representan un riesgo, una amenaza seria y actual para quien pretenda salir a movilizarse para expresar pacíficamente sus opiniones, porque su actuar lejos de ser aislado, es constante y refleja una permanente agresión", ha señalado.

El Supremo también ha dado 48 horas al Ministerio de Defensa para que emita disculpas de manera oficial a todo el país, por los desmanes cometidos por las fuerzas policiales y militares durante la huelga nacional de 2019, en la que el joven de 18 años Dilan Cruz murió a manos de un capitán del ESMAD.

Asimismo, ha ordenado al ESMAD que en 48 horas "suspenda el uso de las escopetas calibre 12", el arma, que contiene entre 600 y 700 perdigones de plomo, con la que Cruz fue disparado el 23 de noviembre de 2019, durante las protestas en Bogotá. También que envíe a la Fiscalía toda la documentación existente para que continúen las investigaciones sobre el caso.

Violación de derechos

"Una nación que busca recuperar y construir su identidad democrática no puede ubicar a la ciudadanía que protesta legítimamente en la dialéctica amigo-enemigo, izquierda y derecha, buenos y malos, amigos de la paz y enemigos de la paz, sino como la expresión política que procura abrir espacio para el diálogo, el consenso y la reconstrucción no violenta del Estado Constitucional de Derecho", ha subrayado.

El Tribunal Supremo también ha analizado los incidentes e intervenciones desproporcionadas llevadas a cabo por las fuerzas del orden desde 2005, como las agresiones registradas durante la manifestación nacional de los pueblos indígenas en 2017; las protestas universitarias en Bogotá y Barranquilla dos años después; numerosas muertes; y los casos de personas que han perdido al menos uno de sus ojos tras sufrir el impacto de proyectiles lanzados por la Policía.

Así, el Alto Tribunal remarca que "la problemática planteada" tiene un alcance de nivel nacional, "pues es claro el constante irrespeto a las garantías superlativas de las personas a ejercer el derecho a la protesta pacífica, no violenta, en todo el territorio y la falta de respuesta estatal a esa situación".

La responsabilidad de Iván Duque

Asimismo, ha criticado la labor del Gobierno de Colombia, pues "a pesar de las reglamentaciones y el alto contenido discursivo de la jurisprudencia en torno a las garantías a protestar pacíficamente", ha demostrado "muy poca efectividad" en lo que respecta a castigar la violencia policial.

Por ello, el Supremo ha exigido al presidente, Iván Duque, que en el plazo de un mes, emita una orden administrativa en la que se ordene a todos los funcionarios públicos "mantener la neutralidad cuando se produzcan manifestaciones no violentas, incluso, si las mismas se dirigen a cuestionar las políticas del Gobierno Nacional", además "de garantizar y facilitar el ejercicio de los derechos fundamentales".

Capacitación de la Policía

La formación y capacitación de los agentes en materia de Derechos Humanos, la elaboración de operativos policiales "dirigidos al restablecimiento del orden y no a agresiones injustificadas", así como un uso de la fuerza "en armonía con los principios de legitimidad, necesidad y proporcionalidad", son otras de las exigencias que ha presentado el Supremo a través de un comunicado.

Por último, el Supremo ha ordenado que una vez que se tenga conocimiento de que el uso de fuerza desproporcionada ha causado "daños a la vida e integridad de las personas", en un plazo de seis meses, y "al margen de las investigaciones que haya", las autoridades tienen "la obligación de proveer una explicación pública satisfactoria y convincente de lo sucedido".