El tribunal de control de garantías de Bogotá ha concedido este sábado la libertad inmediata del expresidente colombiano Álvaro Uribe de su arresto domiciliario al argumentar que no puede haber privación de la libertad sin imputación de cargos, informa 'El Tiempo', según recoge Europa Press.

Uribe, bajo detención domiciliaria desde el 4 de agosto por un fallo del Tribunal Supremo, en calidad de senador, está siendo investigado desde el año 2018 a través de la ley 600 por un supuesto delito de manipulación de testigos, al sobornar a un grupo de presos paramilitares para que no testificasen en su contra.

Sin embargo, después de que Uribe renunciara a su escaño, el representante de la Fiscalía, Gabriel Ramón Jaimes Durán, ha defendido que la ley 600, que rige para juzgar de los miembros del Congreso, es incompatible con la legislación 906 de la justicia ordinaria, pues "no es lo mismo la indagatoria y la imputación de cargos".

Derecho a la defensa

Esa indagatoria a la que hace referencia solo es equiparable a un interrogatorio, por lo que Uribe debe ser procesado en libertad, ya que no se han presentado cargos contra él. Por ello, la Fiscalía solicitó su puesta en libertad esta semana, para garantizar su derecho a la defensa.

Así las cosas, señaló la jueza, la libertad de una persona en el nuevo sistema solo se puede dar después de la imputación de cargos. Y quien decide si priva de la libertad a alguien es un magistrado a petición de la Fiscalía. Además, la juez ha considerado constitucionalmente imposible equiparar la indagatoria a la imputación de cargos. De esa conclusión se extrae que no es posible mantener el arresto domiciliario contra Uribe.

"Gracias a Dios", ha hecho saber Uribe en un escueto mensaje publicado en su cuenta de Twitter.