El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha condenado hoy a Irlanda por haber prohibido el aborto a una enferma de cáncer que temía una recaída. Los jueces han considerado que la decisión de Irlanda es una violación al derecho a la vida privada y familiar de la demandante.

La mujer, lituana pero residente en Irlanda, se había sometido a varias pruebas para comprobar la progresión de su enfermedad sin saber que estaba embarazada y sin que los médicos le hubieran alertado de posibles riesgos para el feto y para ella. La mujer, que temía que el embarazo pudiera suponer una recaída, decidió abortar en el Reino Unido.

El tribunal de Estrasburgo le ha concedido una indemnización de 15.000 euros por daño moral.

La corte europea, sin embargo, ha rechazado otras dos demandas de mujeres irlandesas que deseaban abortar por razones personales.

Una es una exalcohólica con 4 hijos dados en acogida, que se quedó embarazada "por accidente", porque pensaba que su pareja era estéril, y temía que el nuevo embarazo supusiera un freno para recuperar a su familia.

La segunda demandante no quería ser una madre soltera por lo que, ante la sospecha de un embarazo extrauterino, decidió trasladarse al Reino Unido para abortar.

En Irlanda, el aborto puede suponer cadena perpetua.