El Ayuntamiento de Mérida, a través de la Delegación de Servicios Sociales, ha abierto hoy, y hasta el 27 de enero, el plazo para solicitar la nueva ayuda de financiación para garantizar a los ciudadanos el derecho al acceso a los servicios de suministros mínimos vitales.

Estas ayudas cubrirán los gastos de suministro de energía eléctrica o agua potable de la vivienda habitual (desde el 7 de mayo al 31 de diciembre de 2015), con aviso de corte inminente por parte de la empresa suministradora. La ayuda cubrirá un importe máximo de 300 euros, según detalla el consistorio en un comunicado de prensa.

Entre los requisitos para ser beneficiario se encuentra ser mayores de edad, huérfanos absoluto o menores emancipados.

Estar empadronados y residir legal y efectivamente en la ciudad de Mérida, al menos, tres meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud es otro de los requisitos.

Este plazo de tres meses no es aplicable a los casos de emigrantes extremeños retornados, transeúntes, extranjeros refugiados o con solicitud de asilo en trámite, se precisa.

Tampoco se aplica a los que tengan autorizada su estancia por razones humanitarias o, excepcionalmente, cuando su situación de emergencia comprometa gravemente la subsistencia del mismo o de su unidad de convivencia y así se haya acreditado en el informe motivado emitido por el Servicio Social de Atención Social Básica.

La persona beneficiaria deberá carecer de rentas o ingresos. Para el cálculo, se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables de la unidad de convivencia obtenidos en los últimos tres meses y se dividirá por tres.

Se considerará que existen rentas o ingresos suficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 75 % del importe mensual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente para el IPREM, referido a 14 pagas, incrementándose en un 8 % por cada miembro de la unidad.

En aquellas unidades de convivencia en la que haya algún miembro con discapacidad en grado igual o superior al 65 % o tuvieran valorada la situación de dependencia, se incrementará un 10 % por cada miembro de la unidad de convivencia.

En casos de préstamo hipotecario o de alquiler sobre la vivienda habitual de residencia del solicitante y de su unidad de convivencia, se deducirá un 25 % sobre el total de ingresos disponibles en la unidad de convivencia, a fin de determinar la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar.