Son muchos los colectivos vecinales, asociaciones deportivas, juveniles, culturales y sociales que desarrollan su actividad en locales y dependencias que son propiedad del ayuntamiento.

Hasta ahora este préstamo se han venido realizando sin un marco reglamentario específico que garantice la correcta utilización de las instalaciones y ordene de forma ágil y eficaz este tipo de cesiones, tanto las que se realizan con carácter de permanencia, como las que se hacen de forma puntual. Con el fin de corregir esta situación acaba de entrar en vigor una nueva ordenanza municipal reguladora de la cesión de las instalaciones de titularidad municipal.

En ella se establecen los criterios para la concesión del uso y disfrute a los colectivos que soliciten, por ejemplo, los nuevos locales habilitados en los bajos del fondo sur del estadio municipal de fútbol, con fondos del Plan E. Los colectivos que más se ajusten a los parámetros establecidos, serán los que disfrutarán de las instalaciones previsiblemente a partir del mes de septiembre, que es cuando el delgado de Patrimonio, Juan Espino, calcula que puede finalizar el proceso de ocupación.

Entre los criterios que primarán a la hora de decantar la cesión de un espacio hacia uno u otro colectivo se encuentran la repercusión directa de la actividad sobre los más desfavorecidos, la prestación de servicios a la ciudadanía o la generación de empleo. Asimismo tendrán más opciones quienes propongan un uso compartido con otras agrupaciones, con el fin de ofrecer esta oportunidad a un mayor número de instituciones.

Los beneficiarios adquieren obligaciones. Entre las novedades, en el caso de las cesiones permanentes --que se realizan por cinco años prorrogables--, el colectivo deberá presentar cada seis meses las previsiones de utilización de las instalaciones, así como una memoria anual con las actividades realizadas en el ejercicio anterior. Todos los colectivos están obligados a inscribirse en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del ayuntamiento. La aprobación de la cesión dependerá del signo del informe que elabore la delegación municipal correspondiente a la actividad que desempeña la entidad. La última palabra sobre la aprobación o rechazo de la solicitud recae sobre la Junta Local de Gobierno.