El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó ayer el Reglamento Municipal de Juntas Municipales de Distrito, que son órganos políticos administrativos de gestión descentralizada y que permitirán la distribución de competencias y un nuevo marco de participación ciudadana. Ahora, debe ser la Corporación la que acuerde en pleno la división de la ciudad en distritos, que no tienen por qué coincidir con los censales.

Una vez constituidas, sus funciones serán fomentar las relaciones del ayuntamiento con las asociaciones de vecinos de cada distrito, informar a los vecinos sobre los planes y proyectos de actuaciones municipales, elaborar estudios sobre las necesidades de cada zona, emitir informes sobre las actuaciones municipales y trasladar propuestas a las comisiones informativas municipales, entre otros cometidos.

Sin embargo, el consistorio aseguró ayer que con la aplicación de este reglamento, Mérida se dividirá en dos distritos para su mejor organización, distribución de competencias, servicios y participación ciudadana.

Las juntas estarán formadas por un presidente y varios vocales representado a grupos políticos y asociaciones de vecinos.